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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (01/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450945 tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, se establecen las funciones operativas del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, entre otras, la de administrar y supervisar las transferencias programáticas de programas nutricionales a los gobiernos regionales y locales a fi n de garantizar la protección integral de todos los niños y niñas; promover, identi fi car y formular proyectos de apoyo a la seguridad alimentaria considerando la participación de la población bene fi ciaria y el uso de recursos potenciales de las zonas donde se ejecutarán; así como planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y controlar los programas, proyectos y actividades de apoyo y seguridad alimentaria de competencia del Sector, velando por el desarrollo de la gestión e fi ciente de los recursos humanos a su cargo, para el logro de sus objetivos y metas; Que, en el marco de la política de descentralización que viene implementando el Gobierno Nacional y en atención a las lamentables circunstancias ocurridas en la Provincia de Cajabamba del Departamento de Cajamarca, el Sector considera primordial la inmediata reorganización administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA en el más breve plazo, con el objetivo de mejorar y hacer más e fi cientes los procesos de licitación, compra, supervisión, almacenamiento, control de calidad y distribución de los productos a sus bene fi ciarios y el cumplimiento de sus funciones; Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, se ha considerado necesario reorganizar administrativamente el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y constituir una comisión sectorial encargada de evaluar, proponer los cambios y formular las recomendaciones necesarias para la optimización de la administración y gestión del referido Programa Nacional; Que, sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final de la Autógrafa de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA se adscribirá a dicho Ministerio; Que, en tanto entre en funciones el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social propondrá a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio al cual se encuentra adscrita la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), la constitución de una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de llevar adelante la reorganización administrativa del PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reorganización Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaría - PRONAA Declárese en reorganización administrativa el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, con la fi nalidad de evaluar, analizar, proponer y ejecutar acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión.Artículo 2.- Constitución de la Comisión SectorialConstitúyase una Comisión Sectorial encargada de evaluar, proponer los cambios y formular las recomendaciones necesarias para la optimización de la administración y gestión del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES conformada por: a. El (la) Viceministro (a) de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, quien la presidirá; b. El (la) Director (a) Ejecutivo (a) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA; c. El (la) Director (a) General de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES o su representante; d. El (la) Director (a) General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES o su representante; e. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Descentralización o su representante; y, f. El (la) Director (a) General de la Dirección General de Asesoría Jurídica. g. Una delegada de la Confederación Nacional de Mujeres Organizadas por la Vida y el Desarrollo Integral (CONAMOVIDI), como representante de los bene fi ciarios de los servicios que presta el PRONAA. Asimismo, la Contraloría General de la República podrá designar, en el plazo de dos días hábiles, a un representante como veedor o miembro de la Comisión. El presidente de la Comisión designará al servidor o funcionario público que desempeñará las labores de secretario de dicha Comisión. Artículo 3.- Objeto La Comisión Sectorial tendrá como objeto evaluar y proponer los cambios y formular recomendaciones necesarias para la optimización de la administración y gestión del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Artículo 4.- Informe Final La Comisión se instalará en el plazo de tres días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar en el término de sesenta días hábiles contados desde su instalación el informe fi nal sobre la reorganización administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, el que será entregado al Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 698158-1 PRODUCE Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anguila ( Ophichthus remiger ) DECRETO SUPREMO Nº 013-2011-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional