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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (01/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450953 2010-PRODUCE, se amplió el ámbito de aplicación del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” a los establecimientos industriales pesqueros, que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado residual, a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos y a aquellos establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado convencional o de alto contenido proteínico; Que, la Quinta Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, autoriza al Ministerio de la Producción a dictar mediante Resolución Ministerial las disposiciones que sean necesarias para la mejor aplicación del indicado Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 433-2008- PRODUCE del 7 de abril de 2008, se delega en el Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción la facultad de suscribir los Convenios derivados de la Ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, a suscribirse entre el Ministerio de la Producción y las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certi fi caciones del Perú S.A., de acuerdo a la proforma de convenio contenida en el Anexo III de las Bases aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 338-2008-PRODUCE, por el período del 1 de julio de 2008 al 17 de enero de 2011; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 219-2010- PRODUCE del 2 de setiembre de 2010, se conformó la Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutarán el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, para el período del 18 de enero de 2011 al 17 de enero de 2014; Que, con la Resolución Ministerial Nº 016-2011- PRODUCE del 17 de enero de 2011, se delegó en la Viceministra de Pesquería del Ministerio de la Producción, la facultad de suscribir las Adendas que sean necesarias a los Convenios derivados de la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” para el período comprendido desde el 18 de enero al 31 de mayo del 2011, suscritos entre el Ministerio de la Producción y las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certi fi caciones del Perú S.A.; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 045-2011- PRODUCE del 15 de febrero de 2011, se aprobaron las Bases y Términos de Referencia del Proceso de Selección de las empresas que se encargarán de la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, para el período 2011-2014; Que, por Acuerdo Nº 2 del Acta Nº 04-2011 del 17 de marzo de 2011, de la Comisión Sectorial conformada por la Resolución Ministerial Nº 219-2010-PRODUCE, se dispone declarar la cancelación del Proceso de Selección de las empresas que ejecutarán el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” para el periodo 2011 al 2014, en aplicación de lo dispuesto por el último párrafo del Capítulo VIII de las Bases del Proceso referido a “De la Postergación y Declaratoria de Desierto del Proceso de Selección”; Que, por Resolución Ministerial Nº 178-2011- PRODUCE del 28 de mayo de 2011, se amplía hasta el 30 de setiembre de 2011 el plazo de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y se delega en la Viceministra de Pesquería del Ministerio de la Producción, la facultad de suscribir las adendas a los Convenios para la Ejecución del citado Programa, suscritos entre el Ministerio de la Producción y las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certi fi caciones del Perú S.A., para ampliar su vigencia hasta la fecha indicada; Que, asimismo, por la Resolución Ministerial Nº 178-2011-PRODUCE se amplió el plazo de vigencia del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones Contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y del Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, cuyos modelos fueron aprobados por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscritos con los titulares de los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos, incluidos en los listados publicados por las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010- PRODUCE; Que, con la fi nalidad de asegurar la continuidad del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, resulta necesario ampliar su vigencia y delegar la facultad de suscribir las adendas que correspondan a los Convenios suscritos entre el Ministerio de la Producción y las empresas ejecutoras de dicho Programa hasta el 31 de enero de 2012, en tanto se concluya con un nuevo proceso de selección para el próximo periodo; Que, asimismo resulta necesario ampliar el plazo de vigencia del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones Contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y del Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, cuyos modelos fueron aprobados por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, que crea el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; el Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008- 2010-PRODUCE, que amplió el ámbito de aplicación del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 31 de enero de 2012, el plazo de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”. Artículo 2º.- Delegar en la Viceministra de Pesquería del Ministerio de la Producción, la facultad de suscribir las adendas para ampliar la vigencia hasta el 31 de enero de 2012 de los Convenios para la Ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, suscritos entre el Ministerio de la Producción y las empresas SGS del Perú S.A.C. y Certi fi caciones del Perú S.A. Artículo 3º.- Ampliar hasta el 31 de enero de 2012, el plazo de vigencia del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones Contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscrito entre la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos, incluidos en los listados publicados por las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE. Artículo 4º.- Ampliar hasta el 31 de enero de 2012, el plazo de vigencia del Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscrito por las empresas ejecutoras del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos, incluidos en los