Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2011 (19/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451871

Publica con montos de inversion que MORDAZA iguales o menores de S/. 10 000 000.00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles) a los Rectores de las Universidades que han cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 38º de la Nueva Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, comprendiendose en la relacion de las universidades adjunta en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Precisar que con la delegacion autorizada se incluye la funcion de registrar Unidades Formuladoras y de realizar las evaluaciones y registros de los cambios que pudieran producirse durante la Fase de inversion, aprueba los terminos de referencia o plan de trabajo cuando la Unidad Formuladora contrate la elaboracion o formule los estudios de preinversion siempre que se enmarque en la delegacion de facultades otorgadas. Articulo 3°.- Los Rectores de las Universidades que cuentan con la delegacion de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica, deberan remitir a la Direccion de Proyectos de Inversion e Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores y a la Direccion General de Proyectos de Inversion del Ministerio de Economia y Finanzas, MORDAZA de sus Proyectos de Inversion Publica declarados viables en medio magnetico, el informe tecnico, la respectiva resolucion y el formato de declaracion de viabilidad. Articulo 4°.- Autorizar a la Direccion de Proyectos de Inversion y de Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores a realizar evaluaciones anuales de los proyectos de inversion publica declarados viables en aplicacion de la delegacion autorizada mediante la presente resolucion, informando los resultados de la evaluacion al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores Articulo 5°.- Los proyectos de inversion publica de las Universidades que tengan observaciones del Ministerio de Economia y Finanzas o de la Asamblea Nacional de Rectores, que esten pendientes de resolver, continuaran siendo evaluados por la Direccion de Proyectos de Inversion y de Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 6°.- Hagase de conocimiento la presente resolucion a la Direccion General de Proyectos de Inversion del Ministerio de Economia y Finanzas y a las Universidades. Articulo 7º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Declaran infundado el Recurso de Reconsideracion presentado por el Partido Politico Alianza para el Progreso contra la R.J. Nº 160-2011-J/ONPE
RESOLUCION JEFATURAL N° 197-2011-J/ONPE
MORDAZA, 17 de octubre de 2011 VISTOS; el Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Jefatural N° 160-2011-J/ONPE, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Toso Arcaya; el escrito presentado con fecha 23 de setiembre a la ONPE por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Figueroa; el Informe N° 015-2011-JAVCGSFP/ONPE de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios; asi como el Informe N° 235-2011-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural N° 160-2011-J/ONPE, teniendo como base el articulo 36° de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Politicos, la Jefatura de la Oficina Nacional de Procesos Electorales sanciono al Partido Politico "Alianza para el Progreso" (en adelante APP), con una multa ascendente a Dos Millones Doscientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y 00/100 Nuevos soles (S/. 2´267,440.00), suma equivalente a diez veces el monto de la contribucion recibida en exceso de parte de la Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C. (en adelante la universidad), durante el ano 2010; Que, al respecto, con fecha 9 de setiembre de 2011, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de apoderada de APP y el senor MORDAZA MORDAZA Toso Arcaya, personero legal del partido mencionado, interponen recurso de reconsideracion contra la resolucion jefatural MORDAZA mencionada, recurso que sera analizado en los parrafos siguientes; Que, en el punto 1.1. del recurso de reconsideracion se alega que el senor MORDAZA Acuna MORDAZA no ha firmado documento que autorice ceder a APP el tiempo de publicidad contratado por la universidad al Grupo RPP S.A. (para el efecto, presenta una Declaracion Jurada firmada por el senor MORDAZA Acuna Peralta); Que, al respecto, mencionamos que el articulo 30° de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Politicos dispone: "(...) que las aportaciones procedentes de una misma persona natural o juridica no pueden exceder, individualmente, las sesenta unidades impositivas tributarias al ano", de lo contrario se aplicara una multa, conforme al articulo 36° de la misma ley; Que, en ese sentido, la controversia se centra en que si APP ha recibido aportaciones en exceso durante el ano 2010, de parte de la universidad. Al respecto, ha quedado probado que dicha universidad hizo un aporte en efectivo de Ciento Sesenta Mil y 00/100 nuevos soles (S/. 160,000.00) y otro aporte de Doscientos Ochenta y Dos Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 282,744.00) por concepto de publicidad politica emitida en favor de dicha organizacion politica a traves de Radio Programas del Peru, entre el 19 de agosto y el 01 de octubre de 2010, con un total de 132 avisos, de acuerdo a la Orden de Publicidad N° 255, de fecha 23 de MORDAZA de 2010; Que, por ello, se precisa que la sancion impuesta a APP tiene como fundamento el aporte en exceso que recibio de parte de la universidad, en su calidad de persona juridica, por lo que, la junta directiva, el directorio o el representante que MORDAZA actuado a nombre de esta persona juridica resulta irrelevante, pues reiteramos la infraccion a la ley se ha cometido por el accionar de la persona juridica, que tambien es un extremo prohibido por ley; Que, en ese sentido, uno de los documentos fundamentales que prueban la materializacion del aporte por concepto de publicidad, es la Orden de Publicidad N° 255, suscrita por el senor MORDAZA Acuna MORDAZA, en su calidad de representante de la universidad, dicho documento tiene como observaciones lo siguiente: "Spot de MORDAZA Politica de Alianza para el Progreso", con lo cual queda MORDAZA la persona juridica que aporta y la finalidad del mismo;

Anexo Nº 1
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Universidad U.N. DE MORDAZA Nº de Documento Oficio N° 628-11-R-UNT Fecha 07/07/2011 15/07/2011 15/07/2011 19/07/2011

U.N. DE EDUCACION MORDAZA Oficio N° 0153-2011-R-UNE MORDAZA Y MORDAZA U.N. DE INGENIERIA Oficio N° 582-RECT U.N. DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL Oficio N° R-185-SR-2011-UNSAAC MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE Oficio N° OGPL/J

125-2011-UNASAM- 21/07/2011

U.N. MORDAZA MORDAZA DE Oficio N° 056-2011-PCOG-UNAMBA 22/07/2011 MORDAZA U.N. SAN HUAMANGA MORDAZA DEL Oficio N° 048-2011-UNSCH-R Oficio N° 0448-2011-UNHEVAL-R Oficio N° 0145-2011-UNAJMA-PCO Oficio N° 317-R-2011 05/08/2011 08/08/2011 08/08/2011 08/08/2011

U.N. MORDAZA VALDIZAN U.N. MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS

10 U.N. MAYOR DE SAN MORDAZA

11 U.N. AMAZONICA DE MORDAZA DE Oficio N° MORDAZA PCOyG 12 U.N. DEL CENTRO DEL PERU 13 U.N. DE MORDAZA 14 U.N. DEL MORDAZA 15 U.N. MORDAZA MORDAZA 16 U.N. AGRARIA LA MORDAZA 17 U.N. DE TARAPOTO SAN MORDAZA

161-2011-UNAMAD- 09/08/2011 15/08/2011 16/08/2011 16/08/2011 06/09/2011 12/09/2011 14/09/2011 19/09/2011

Oficio N° 0109-2011-PCOyG-UNCP Oficio N° 476-2011-R-UNC Oficio N° 0161-2011-UNS-R Oficio N° 688-R-COG-UNFV C.2011-0694-SG-UNALM DE Oficio N° 075-2011-UNSM/OPLAP Oficio N° 036-2011-P-CGT-UNH

18 U.N. DE HUANCAVELICA

705275-1

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