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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (26/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452251 Que, actualmente viene operando la Junta de Coordinación Interregional del Norte y Oriente INTERNOR, la misma que está conformada por los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca, Amazonas y San Martin, se resuelva en el Artículo cuarto: Encargar al Presidente del Gobierno Regional de La Libertad, por lo que resulta necesario la incorporación del circuito Chan–Chan-Virú–Chavín, como tema a tratar en la próxima sesión que realice esta Junta de Coordinación a fi n de concretar acuerdos para su implementación. Que, mediante Ofi cio Nº 588-2010-GR-LL-GGR/ GRSCETA de fecha 21 de diciembre de 2010 suscrito por el Gerente Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía Dr. Bernardo Alva Pérez remite el mapa descriptivo y el anexo correspondiente a la defi nición de rutas que comprende el Corredor Ecoturístico Ascope- Chan Chan–Virú-Chavín. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CREAR Y DECLARAR zona de desarrollo turístico prioritario regional el Corredor Ecoturístico Ascope-Chan Chan–Virú–Chavín, como un eje de integración birregional entre La Libertad y Ancash. Artículo Segundo.- El Corredor Ecoturístico consta de las siguientes rutas: a) Una (01) ruta principal que comprende Puerto Malabrigo– Magdalena de Cao–Ascope-Chan Chan– Huanchaco– Trujillo–Moche-Guañape–Virú–Tomabal– Huacapongo – Zaraque – Chao - Buena Vista - en la Región La Libertad y Puente Chuquicara – Huallanca- Caraz - Yungay – Carhuaz – Huaraz – Chavín de Huantar en la región Ancash. b) Tres (03) rutas secundarias compuestas por: 1.-Virú –Chao- Calipuy – Santiago de Chuco; 2.- Trujillo – Virú- Chao- Julcán y 3.- Ascope – Magdalena de Cao – Puerto Malabrigo - Huanchaco. c) Dos (02) ruta alternas 1.-Chan – Chan – Huanchaco –Trujillo – Moche- Virú - Chimbote – Casma – Huarmey – Lima y 2.- Chepen – Pacasmayo - San Pedro – Ascope – Trujillo – Virú; conforme a la memoria descriptiva y mapa que en anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER como objetivos fundamentales de este Corredor Ecoturístico: a) Promover la actividad turística en la Región La Libertad, como un medio de desarrollo económico y social. b) Propiciar una integración efectiva mediante el circuito Bi Regional Ancash – La Libertad. c) Promover los atractivos Turísticos del circuito, así como la promoción técnico científi co y paisajístico del Proyecto Especial Chavimochic a nivel nacional e internacional, propiciando así una corriente turística representativa y constante hacia nuestra Región. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Presidencia del Gobierno Regional de La Libertad, realizar las coordinaciones necesarias con la fi nalidad que se incorpore como tema de agenda en la próxima sesión que realice la Junta de Coordinación Interregional INERNOR el Corredor Ecoturistico Chan Chan – Virú – Chavín a fi n promover la toma de acuerdos y suscripción de convenios respectivos para la implementación y puesta en valor de este Corredor Ecoturístico como un eje de Integración Birregional entre las regiones de La Libertad y Ancash. Asimismo, efectúe a través de las unidades orgánicas respectivas las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DISPONER que la Presidencia Regional de La Libertad, la Gerencia General Regional, La Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía y el Proyecto Especial Chavimochic elaboren un Plan Integral de Desarrollo Turístico de este Corredor, en el cual mínimamente se prevea. 1. El asfaltado, mantenimiento y señalización de todo el recorrido turístico en la jurisdicción de la Región La Libertad. 2. Ejecutar planes integrales de marketing turístico de alcance nacional e internacional, en el que se prevea la edición de material gráfi co y audio visual, como: páginas Web, guías de viaje, todo tipo de guías, afi ches, trípticos, etc. Así como la participación Regional en ferias turísticas. 3. Implementación de alianzas estratégicas con el Gobierno Regional de Ancash, a fi n de propiciar un desarrollo sostenido del circuito La Libertad - Ancash. 4. Desarrollar el inventario del corredor ecoturístico. 5. Programas de capacitación y asistencia técnicas a los prestadores de servicios turísticos. 6. Desarrollar políticas en coordinación con la Región Ancash y los Municipios involucrados directamente dentro del circuito, para propiciar el desarrollo de servicios turísticos en todo el trayecto, así como la seguridad y la asistencia de los visitantes. 7. Identifi car los perfi les y proyectos susceptibles de Cooperación Técnica Internacional. 8. Promover el fortalecimiento y creación de emprendimientos locales en los centros poblados que integran las rutas que comprende el Corredor Ecoturistico. 9. Promover la inversión privada en bienes y servicios competitivos con estándares de calidad y efi ciencia. 10. Desarrollar un programa de calidad con estándares internacionales. Artículo Sexto.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a todas las entidades públicas y privadas relacionadas con la promoción del turismo en la región. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 19 días del mes de enero de 2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 707502-9 Crean el Comité Consultivo Regional de Turismo de La Libertad CCTR-LL ORDENANZA REGIONAL Nº 042-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: