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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (26/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452247 el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 19 ENE.2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 707502-5 Modifican el artículo tercero de la Ordenanza Regional Nº 003-2008-GR- LL/CR ORDENANZA REGIONAL Nº 038-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de diciembre de 2010, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional Nº 110-2010-GR-LL/CR relativo a modifi car la Ordenanza Regional Nº 003-2008-GRLL/CR; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 38º de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2008-GR- LL/CR de fecha 12 de febrero del 2008 se constituyó el Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad, en adelante denominada CORPIC - LL, como un órgano de coordinación del Gobierno Regional de La Libertad, dependiente jerárquicamente de la Presidencia Regional, con el objetivo de realizar la puesta en valor y difusión de la identidad cultural de la Región La Libertad en sus diferentes manifestaciones. Que, dentro de la conformación de los miembros del señalado consejo se encuentran: dos representantes del Gobierno Regional de La Libertad, uno de los cuales presidirá el Consejo, un representante de la Policía Nacional del Perú, sección Turismo, un representante de la Escuela de Bellas Artes, un representante del Instituto Nacional de Cultura - La Libertad, un representante de los Autores y Compositores, un representante de las Universidades Públicas o Privadas de la Región La Libertad, un representante de los artistas plásticos, un representante de las escuelas de danzas, un representante de un medio de prensa. Que, siendo así, el Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad (CORPIC - LL) debe contar con un representante de las provincias de la región, dado que la identidad cultural ha sido siempre representada en gran medida por las provincias, especialmente las del ande liberteño, como los ilustres César Vallejo (Santiago de Chuco), Macedonio de la Torre (Usquil - Otuzco). Gerardo Chávez (Paiján - Ascope), entre tantos otros, por lo que, el consejo regional debe incluir en el señalado consejo a un representante de las provincias del departamento de La Libertad. Que, mediante Informe Legal Nº 001-2010-GRLL- GGR/GRAJ-RANP de fecha 22 de noviembre de 2010, emitido por el Abog. Ricardo Noblecilla Ponce, es de opinión que se recomienda la aprobación de la iniciativa normativa presentada al cumplir con las formalidades de ley y tener pertinencia con su propia motivación, que incidirá en la representatividad del Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad (CORPIC-LL). En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional Nº 003-2008-GR-LL/CR, la misma que constituyó el Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad (CORPIC - LL) en los siguientes términos: “Artículo Tercero.- EL CORPIC - LL, estará integrada por: 1. Dos (02) representantes del Gobierno Regional de La Libertad, uno de los cuales presidirá el Consejo. 2. Un (01) representante de las provincias de la Región La Libertad, designado por el Pleno del Consejo Regional. 3. Un (01) representante de la Policía Nacional del Perú - La Libertad, sección turismo. 4. Un (01) representante de la Escuela de Bellas Artes. 5. Un (01) representante del Instituto Nacional de Cultura - La Libertad. 6. Un (01) representante de los Autores y Compositores. 7. Un (01) representante de las Universidades Públicas o Privadas de la Región La Libertad. 8. Un (01) representante de los artistas plásticos. 9. Un (01) representante de las escuelas de danzas. 10. Un (01) representante de los medios de prensa”. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente Ordenanza Regional a las Instituciones integrantes del Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad