NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (02/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de setiembre de 2011 449371 Provincia de Cajamarca, con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Cajamarca. La carga procesal pendiente de liquidar, se remitiría al Juzgado Mixto de la Provincia de San Miguel. Sede San Pablo: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de San Pablo en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Hualgayoc – Bambamarca, con igual competencia territorial que el Juzgado Mixto de Hualgayoc. La carga procesal pendiente de liquidar, se remitiría al Juzgado Mixto de la Provincia de San Pablo. El Juzgado Mixto de Hualgayoc, que en adición de funciones actúa como Juzgado Penal Unipersonal, a partir del 1 de setiembre de 2011, actuará como Juzgado Mixto en adición de funciones como Juzgado Penal Liquidador, su carga procesal pendiente como Juzgado Penal Unipersonal se distribuirá al Juzgado Penal Unipersonal convertido. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO: Sede Canchis: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Canchis en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Anta, con igual competencia territorial que el Juzgado Mixto de la Provincia de Anta. La carga procesal pendiente de liquidar será distribuida de manera equitativa entre los juzgados mixtos de la Provincia de Canchis. A partir del 1 de setiembre de 2011, el Juzgado Mixto de la Provincia de Anta, que en adición de funciones actúa como Juzgado Penal Unipersonal y Juzgado Penal Liquidador, actuará como Juzgado Mixto en adición de funciones como Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Anta. La carga procesal pendiente como Juzgado Penal Unipersonal del Juzgado Mixto de Anta, será remitida al Juzgado Penal Unipersonal convertido. Sede Espinar: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Espinar en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, con igual competencia territorial que el Juzgado Mixto de la Provincia de Canas. La carga procesal pendiente de liquidar del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Espinar, será remitida al Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar. A partir del 1 de setiembre de 2011, el Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de la Provincia de Espinar, con competencia en las Provincias de Espinar y Canas, se denominará Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Espinar con competencia en la citada provincia. La carga procesal pendiente del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Espinar que proviene de la Provincia de Canas, será remitida al Juzgado Penal Unipersonal de Canas convertido. Sede La Convención: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de La Convención, con sede en Quillabamba (Santa Ana) en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Calca, con igual competencia territorial que el Juzgado Mixto de la Provincia de Calca. La carga procesal pendiente de liquidar será remitida al Juzgado Mixto de la Provincia de La Convención con sede en Quillabamba (Santa Ana). A partir del 1 de setiembre de 2011, el Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de la Provincia de Urubamba que en adición de funciones actúa como Juzgado Penal Liquidador, con competencia en las Provincias de Urubamba y Calca, excepto la que corresponde a los juzgados del Distrito de Machupicchu - Aguas Calientes de la Provincia de Urubamba, se denominará Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Urubamba que en adición de funciones actúe como Juzgado Penal Liquidador, con competencia en la Provincia de Urubamba, excepto la que corresponde a los juzgados del Distrito de Machupicchu - Aguas Calientes, de la citada provincia. La carga procesal pendiente del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Urubamba que proviene de la Provincia de Calca, será remitida al Juzgado Penal Unipersonal de Calca convertido. DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS: Sede Chachapoyas: • Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de la Provincia de Chachapoyas en Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Bagua, con igual competencia territorial que el Juzgado Penal Unipersonal de Bagua. La carga procesal pendiente de liquidar será asumida por los Juzgados Penales Liquidadores Supraprovinciales de Chachapoyas. A partir del 1 de setiembre de 2011, el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Bagua, se denominará Primer Juzgado Penal Unipersonal de la citada provincia. Sede Utcubamba: • Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Utcubamba, en Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Bagua, con igual competencia territorial que el Juzgado de la Investigación Preparatoria de Bagua. La carga procesal pendiente de liquidar se remitirá al Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Utcubamba. A partir del 1 de setiembre de 2011, el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Utcubamba se denominará Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la citada provincia. A partir del 1 de setiembre de 2011, el Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia Bagua se denominará Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria de la citada provincia. Artículo Sétimo.- Disponer que a partir del 1 de setiembre de 2011, cuando las circunstancias de juzgamiento lo requiera se conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial en el Distrito Judicial de Cusco de la siguiente manera: • Los Juzgados Penales Unipersonales de las Provincias de Anta, Calca, La Convención y Urubamba, con competencia en las citadas provincias, excepto los Distritos de Kimbiri y Pichari de la provincia de La Convención. • Los Juzgados Penales Unipersonales de las Provincias de Canas, Canchis, Chumbivilcas y Espinar, con competencia en las citadas provincias. • Los Juzgados Penales Unipersonales de las Provincias de Cusco, Acomayo, Paruro, Paucartambo y Quispicanchi, con competencia en las citadas provincias. Artículo Octavo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de San Martín, Cañete, Lambayeque, Cajamarca, Cusco y Amazonas; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Noveno.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de San Martín, Cañete, Lambayeque, Cajamarca, Cusco y Amazonas; y a la