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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464026 Estados Partes presentan a dicho Comité, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, un informe exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la Convención; así como los progresos realizados al respecto; Que, mediante la comunicación de vistos, la Dirección para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables que nuestra Representación Permanente en Ginebra ha sido informada por la Secretaría del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que la presentación oral del Informe del Perú remitido en el año 2010, ha sido fi jada para el 17 de abril de 2012, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, en el marco de la 7ma Sesión Ordinaria de dicho Comité; solicitando se evalúe la composición de la delegación peruana; Que, mediante el memorando de vistos, la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, informa que la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado, entre otras personas, al señor Julio Andrés Rojas Julca, Viceministro de Poblaciones Vulnerables, a fi n que conforme la delegación peruana y participe en la citada sesión en representación del Sector, precisando que los gastos que irroga su participación serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, publicado el 20 de enero de 2012, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en el literal i) del artículo 5 y el literal h) del artículo 14 establecen como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad; y que por encargo de la Titular de la entidad, el Viceministro de Poblaciones Vulnerables ejerce funciones de seguimiento al cumplimiento de los compromisos, tratados, programas y plataformas de acción en materia de población, niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y familias; Que, en tal sentido y dada la importancia de la citada sesión para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del señor JULIO ANDRÉS ROJAS JULCA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con el visado de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JULIO ANDRÉS ROJAS JULCA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 13 al 18 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 3 568,60 Viáticos US$ 1 560,00 TOTAL US$ 5 128,60 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a la señora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de viáticos correspondiente. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la señora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 775916-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2012-MIMP Lima, 12 de abril de 2012 VISTOS: El FACSIMIL (DGM-DAS) Nº 002 de la Dirección para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Memorando Nº 078-2012-MIMP/OCIN de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29127, se aprobó la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo”, suscrita el 30 de marzo de 2007, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, de conformidad con los artículos 56 y 102 inciso 3) de la Constitución Política del Perú, teniendo efectos vinculantes con nuestro país en materia de promoción de derechos de las personas con discapacidad; Que, los artículos 34 y 35 de la referida Convención, establecen, entre otros, la creación de un Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y que los Estados Partes presentan a dicho Comité, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, un informe exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la Convención; así como los progresos realizados al respecto; Que, mediante la comunicación de vistos, la Dirección para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables que nuestra Representación Permanente en Ginebra ha sido informada por la Secretaría del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que la presentación oral del Informe del Perú remitido en el año 2010, ha sido fi jada para el 17 de abril de 2012, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, en el marco de la 7ma Sesión Ordinaria de dicho Comité; solicitando se evalúe la composición de la delegación peruana; Que, mediante el memorando de vistos, la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, informa que la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado, entre otras personas, al señor Julio Wilfredo Guzmán Jara, Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, a fi n que conforme la delegación peruana y participe en la citada sesión en representación del Sector MIMP, precisando que los gastos que irroga su participación serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al CONADIS;