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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464030 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 093-2012-PCM se constituyó una Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de defi nir las acciones a seguir para la integración de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la Resolución Suprema Nº 093-2012-PCM, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores designar a sus representantes titular y alterno ante la referida Comisión Multisectorial; De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, y la Resolución Suprema N°093-2012-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designación de representantes Designar al Director (a) General de Promoción Económica y al Director (a) de Promoción Comercial como representante titular y representante alterno, respectivamente, del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, constituida mediante Resolución Suprema Nº 093-2012- PCM. Artículo 2°- Asesoramiento y apoyo Disponer que durante el desempeño de su encargo ante la Comisión Multisectorial, los representantes titular y alterno designados en el artículo 1 de la presente resolución, queden facultados para solicitar el apoyo que requieran de las dependencias o áreas pertinentes de la Entidad, las que estarán obligadas a brindarlo bajo responsabilidad. Artículo 3°- Notifi cación Notifi car la presente resolución a los funcionarios designados y a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 775851-5 SALUD Establecen como prioritarias las especialidades y subespecialidades para la formación de médicos especialistas en medicina humana a ser considerados en la oferta de plazas en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 286-2012/MINSA Lima, 11 de abril del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-0326359-001 que contiene el Informe Nº 055-2012-DGRH-DT/MINSA de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, según lo dispone el artículo 3º de la citada Ley, las competencias de rectoría sectorial del Ministerio de Salud se ejercen mediante la articulación de recursos y actores públicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud y la coordinación con organismos multilaterales y bilaterales de la cooperación técnica y fi nanciera, los que desarrollarán su labor teniendo en consideración la política sectorial; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 008- 88-SA, el Sistema Nacional de Residentado Médico, es el responsable de la coordinación del proceso de formación de especialistas en las diversas ramas de la Medicina Humana y tiene entre sus objetivos garantizar que esta formación se desarrolle con los mejores niveles de calidad y de acuerdo a las reales necesidades y posibilidades del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167- 2009/MINSA se establecieron especialidades y subespecialidades prioritarias para la formación de especialistas en medicina humana que se utilizaron en la oferta de plazas en las modalidades libre y destaque para los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico, según el Estudio de Identifi cación de las Prioridades para la Formación de Médicos Especialistas en el Perú, sobre la base de datos del año 2008, que concluyó en la identifi cación de 25, entre especialidades y subespecialidades médicas; Que, el estudio de “Necesidad de Médicos Especialistas en Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, año 2010”, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, ha permitido evaluar en el contexto actual la priorización de las especialidades en Medicina Humana en función a la brecha existente; Que, de acuerdo al documento “Análisis de Situación de Salud del Perú del año 2010”, de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, se identifi caron problemas de salud más vulnerables, los que afectan a la mayor parte del país y determina la construcción de una lista de prioridades sanitarias; Que, si bien ya existe un listado de especialidades y subespecialidades prioritarias para la formación de especialistas en medicina humana, la demanda en la atención médica especializada ha venido cambiando acorde con los cambios epidemiológicos y demográfi cos, así existen grupos poblacionales relacionados con ciertos hechos o determinantes que ameritan la protección de su salud, la prevención de daños relacionados con su actividad y la recuperación de las alteraciones en su salud; Que, en tal sentido, acorde con el movimiento demográfi co y la tasa de crecimiento poblacional en el país es necesario que se establezca una nueva priorización de especialidades y subespecialidades que respondan a las necesidades de salud de la población, que se utilizarán en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico para la formación de especialistas en medicina humana; Estando a lo propuesto por el Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) el Art. 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer como prioritarias las especialidades y subespecialidades para la formación de médicos especialistas en medicina humana a ser considerados en la oferta de plazas en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico, las mismas que en anexo forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El fi nanciamiento que el Ministerio de Salud asigne a la oferta de plazas por modalidad libre, en los establecimientos de salud categorizados como