TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464559 b) Un representante del/de la Presidente o Presidenta del Consejo de Ministros. c) Un representante del/de la Ministro/a de Relaciones Exteriores. d) Un representante del/de la Ministro/a de Defensa. e) Un representante del/de la Ministro/a del Interior. f) Un representante del/de la Ministro/a de Educación. g) Un representante del/de la Ministro/a de Salud. h) Un representante del/de la Ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo. i) Un representante del/de la Ministro/a de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. j) Un representante del/de la Ministro/a del Ambiente. k) Un representante del/de la Ministro/a de Energía y Minas. l) Un representante del/de la Ministro/a de Cultura. m) Un representante del/de la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social. n) Un representante del/de la Presidente/a del Poder Judicial. o) Un representante del/de la Fiscal de la Nación.” Artículo 3.- El Consejo Nacional de Derechos Humanos cuenta con una Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo técnico y administrativo al Consejo. La Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos. El/la Secretario(a) Técnico(a) es designado(a) por resolución del Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia.” Sétima.- Modifíquese el artículo 44º del Reglamento de la Ley del Arrepentimiento sobre Delito de Terrorismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-93-JUS, en los siguientes términos “Artículo 44º.- Créase la Comisión Evaluadora de carácter nacional y permanente, dependiente del Ministerio del Interior, que tiene por fi nalidad evaluar, coordinar y supervisar la ejecución de los benefi cios establecidos en el Decreto Ley y el presente Reglamento, manteniendo relaciones de coordinación con todos los organismos e instituciones del Estado comprometidos en la pacifi cación y desarrollo del país.” Octava.- Toda referencia al Consejo de Supervisión de Fedatarios Juramentados con especialización en informática a que se refi ere el Reglamento de Supervisión de la Capacitación para el Otorgamiento del Certifi cado de Idoneidad Técnica de Fedatario Juramentado, su ratifi cación, así como de la Acreditación de las Asociaciones de Fedatarios Juramentados, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 169-2000-JUS, se entenderá como efectuada a la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Primera.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Segunda.- Deróguese el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 012-86-JUS, así como el Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, que aprueba el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos. Tercera.- Deróguese el artículo 3º del Reglamento de supervisión de la capacitación para el otorgamiento del certifi cado de idoneidad técnica de fedatario juramentado con especialización en informática, su ratifi cación, así como de la acreditación de las asociaciones de fedatarios juramentados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 169-2000-JUS. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 779110-4 Dan por concluida designación de Procurador Público Ad Hoc, designado mediante R.S. Nº 022-2012-JUS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2012-JUS Lima, 19 de abril de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 876-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068 acotado establece que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2012-JUS, de fecha 9 de febrero de 2012, se designó al señor abogado Edilberto Dario Bejarano Salas, como Procurador Público Ad Hoc para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales interpuestos por la empresa Whitehead Moto Fides de Italia (actualmente Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A. - WASS) contra el Ministerio de Defensa y el Banco de la Nación; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar por concluida la designación del señor abogado Edilberto Dario Bejarano Salas, como Procurador Público Ad Hoc, designado por Resolución Suprema Nº 022-2012- JUS; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Edilberto Dario Bejarano Salas, como Procurador Público Ad Hoc, designado por Resolución Suprema Nº 022-2012-JUS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 779110-7 Designan Procurador Público del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2012-JUS Lima, 19 de abril de 2012