Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2012 (20/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento senala que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara una inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en el presente reglamento; Que, mediante Informe de Inspeccion Ocular Nº 0072012-MTC/15.heag de fecha 02 de MORDAZA de 2012, sobre la inspeccion ocular realizada a los circuitos propuestos por La Escuela, el cual concluye que hecha la inspeccion ocular a los circuitos de practicas de manejo propuestos por BREVETES PERU S.A.C., esta cumple con lo establecido en el literal g) del articulo 43º del numeral 43.3 de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 2172012-MTC/15.03.A.LEGAL.pvc, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada BREVETES PERU S.A.C., la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en las Resoluciones Directorales Nºs. 1582-2009-MTC/15, 1275-2010-MTC/15, 1449-2011MTC/15 y 2660-2011-MTC/15, ampliando su circuito de manejo, el mismo que estara ubicado en "Km. 37.5 de la Carretera Central s/n, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima", para el uso de practicas de manejo, adicional a los autorizados mediante las resoluciones mencionadas. Articulo Segundo.- Remitir a la Direccion de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asi como encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el articulo 73 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aranguena, en el cargo de Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Encargar al senor arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, las funciones de Viceministro de Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en tanto se designe a su titular. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 779111-3

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican el Anexo Nº 01: "Plan Complementario SIS" de la Directiva Nº 05-2010-SIS/GO
RESOLUCION JEFATURAL Nº 060-2012/SIS
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Informe Nº 007-SIS-GREP-GNF de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 0572012-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 1152012-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica ; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud (SIS), como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM como Organismo Publico Ejecutor y actualizada la calificacion mediante Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion mas pobre y vulnerable carente de seguro de salud, de conformidad con la politica del Sector; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el articulo 31º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, senala que la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones es el organo de linea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos sobre estudios de riesgos de salud de la poblacion, asi como la calidad, oportunidad y accesibilidad de las prestaciones de salud ofrecidas por el SIS, de acuerdo a los convenios aprobados con las IPRESS, en base al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud que apruebe el MINSA, asi como para proponer los Planes Complementarios de aseguramiento en salud y otros a cargo del SIS; Que, el articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado

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VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Dan por concluida designacion y encargan funciones de Viceministro de Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2012-VIVIENDA
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 012-2011VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto de 2011, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aranguena, en el cargo de Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, resulta conveniente dar por concluida la mencionada designacion y encargar las funciones de Viceministro de Construccion y Saneamiento, al Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en tanto se designe a su titular;

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