Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

473109

MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 6232012-TC-S1 del 20.07.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 32. AVIONICS SYSTEMS S.R.L. Inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal establecida en el articulo 246 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 624-2012-TC-S1 del 20.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 33. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Enrique. Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 631-2012-TC-S3 del 20.07.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 34. SUPERTEC S.A.C. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por contratar con el Estado estando impedido para ello, de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y por la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta, causales tipificadas en los literales d) e i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 6452012-TC-S1 del 26.07.2012, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion del Registro Nacional de Proveedores incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de MORDAZA de 2012 a la pagina web de la Entidad, www.osce.gob. pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva (e) 830922-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan difusion del Proyecto sobre las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera - Taxonomia SMV"
RESOLUCION SMV Nº 034-2012-SMV/01 MORDAZA, 21 de agosto de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 2012028350, el Informe Conjunto Nº 619-2012-SMV/06/09/11 de fecha 16 de agosto de 2012, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Oficina de Tecnologias de Informacion y la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados, asi como el Proyecto sobre las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera ­ Taxonomia SMV";

Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 1º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley Nº 29782, es funcion de la SMV velar por la proteccion de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervision, la correcta formacion de precios y la difusion de toda la informacion necesaria para tales propositos, mediante la regulacion, supervision y promocion; Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0442007-EF/94.11 de fecha 15 de marzo de 2007 se aprobaron las Especificaciones Tecnicas del Sistema de Informacion de Registro y Supervision ­ SIRyS (Especificaciones del SIRyS); Que, las especificaciones tecnicas son disposiciones que deben observar todas las personas juridicas inscritas y las que mantienen valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores (RPMV) para el cumplimiento de su obligacion de MORDAZA de informacion a la SMV; Que, el numeral 2.6 del Titulo III de las Especificaciones del SIRyS establece los archivos mediante los cuales todas las personas juridicas inscritas y las que mantienen valores inscritos en el RPMV enviaran la informacion financiera; Que, el articulo 1º de la Resolucion CONASEV Nº 102-2010-EF/94.01.1 de fecha 14 de octubre de 2010, establecio la obligacion de las entidades emisoras de valores y las demas personas juridicas bajo el ambito de supervision de la SMV, de preparar sus estados financieros con observancia plena de las NIIF; Que, el articulo 2º acapite i) de la resolucion mencionada, senala que la preparacion y MORDAZA de los primeros estados financieros en los que se apliquen plenamente las NIIF, se efectuara, en el caso de las sociedades emisoras de valores inscritos en el RPMV de Valores, las empresas clasificadoras de riesgo y las demas personas juridicas bajo el ambito de supervision de la SMV distintas de las comprendidas en el acapite ii), en la informacion financiera auditada anual al 31 de diciembre del 2011; Que, como consecuencia del MORDAZA de adopcion de las NIIF por parte de las entidades obligadas, se ha determinado la necesidad de aprobar nuevas especificaciones tecnicas que permitan a tales empresas la transmision de su informacion financiera bajo una plataforma de reporte en el estandar XBRL; Que, el lenguaje XBRL aporta MORDAZA beneficios en la preparacion, analisis y comunicacion de informacion financiera y viene siendo implementado desde el ano 2011 por la SMV; Que, el Proyecto sobre las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera ­ Taxonomia SMV" propone la aprobacion de las nuevas especificaciones tecnicas, "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera ­ Taxonomia SMV", que reemplazan las contenidas en el numeral 2.6 del Titulo III de las Especificaciones del SIRyS; Que, en tal sentido, resulta necesario difundir el Proyecto sobre las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera ­ Taxonomia SMV" en el MORDAZA del MORDAZA de Valores Peruano de la SMV (www.smv. gob.pe), y publicar la presente resolucion que autoriza su difusion en el Diario Oficial El Peruano; y, Estando a lo dispuesto en la Resolucion CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la politica de difusion previa de las normas de caracter general de la SMV, asi como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesion de fecha 21 de agosto de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la difusion del Proyecto sobre las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera ­ Taxonomia SMV". Las "Especificaciones para el Envio de Informacion Financiera" seran aplicables para la MORDAZA de la informacion financiera por parte de las empresas emisoras de

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