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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473107 postores y contratistas sancionados con inhabilitación por el Tribunal durante el mes de julio de 2012: 1. GONZÁLEZ HUAUYA, César. Inhabilitación por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1820- 2011-TC-S1 del 28.12.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. CONSULTORÍA Y SERVICIOS GENERALES LAES S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber mantenido su oferta hasta el consentimiento de la buena pro, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 216-2012-TC- S2 del 01.03.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 3. QUISPE QUISPE, Benjamín. Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 221- 2012-TC-S2 del 01.03.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 4.CHOQUE PERALTA, José Francisco. Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 335- 2012-TC-S2 del 29.03.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 5. GRANARC CONTRATISTAS E.I.R.L. Inhabilitación por veinte (20) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 505- 2012-TC-S1 del 28.05.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 6. CB EJECUTORES Y CONSULTORES S.R.L. Mediante Resolución Nº 616-2012-TC-S2 del 17.07.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 535-2012-TC-S2 del 08.06.2012, que la sanciona con dieciocho (18) meses de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 7. CONSTRUCTORA MENDEZ S.R.L. Mediante Resolución Nº 616-2012-TC-S2 del 17.07.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 535-2012- TC-S2 del 08.06.2012, que la sanciona con dieciocho (18) meses de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 8. EMPRESA CONSTRUCTORA ADELANTE HUANCAVELICA S.A. Inhabilitación por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 560-2012-TC-S2 del 22.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 9. CONDUCTORES Y CABLES DEL PERU S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 564-2012-TC- S2 del 22.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 10. COLESI CONTRATISTAS GENERALES S.A. Mediante Resolución Nº 640-2012-TC-S1 del 24.07.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 568-2012-TC-S1 del 25.06.2012, que la sanciona con veinte (20) meses de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 11. CÁRDENAS MAYTA, Antonio Eliseo. Mediante Resolución Nº 640-2012-TC-S1 del 24.07.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 568-2012-TC-S1 del 25.06.2012, que la sanciona con veintidos (22) meses de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 12. INDUSTRIAS EL PRINCIPE E.I.R.L. Inhabilitación por veinte (20) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 572-2012-TC-S2 del 26.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 13.ARIAM CHAVIN S.A.C. Inhabilitación por veintisiete (27) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 573- 2012-TC-S2 del 26.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 14. CONSTRUCTORA LEZAM S.R.L. Inhabilitación por diecisiete (17) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 574-2012-TC-S1 del 26.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 15. IMPRESIONES PLÁSTICAS S.A.C. Inhabilitación por veinticuatro (24) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 579- 2012-TC-S1 del 27.06.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.