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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de agosto de 2012 473148 siniestros, robos, embargos y otros eventos similares que se produzcan dentro de las Unidades Ejecutoras a cargo del Pliego 010 – Ministerio de Educación Sede Central, conforme a las facultades establecidas en los artículos 74 y 75 del Código Procesal Civil; Que, a través del Ofi cio Nº 1072-2012-ME/SG-OGA, los Memorandos Nº 966-2012/ME/SG/OGA y 818-2012-ME/ SG-OGA y el Informe Nº 964-2012-ME/SG-OGA, el Jefe de la Ofi cina General de Administración, con sustento en lo indicado en los Informes Nº 076-2012-ME/SG/OGA-UAF, 1571-2012-ME/SG-OGA-UA, 1878-2012-ME/SG-OGA-UA, 072-2012-ME/SG-OGA-UA-CP y 161-2012-ME/SG-OGA- UA-CP expresa la necesidad de contar con una delegación específi ca respecto a los trámites administrativos y de representación a realizar ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP y otras entidades, respecto de las Unidades Ejecutoras 024, 026, 108 y 112 del Pliego 10: Ministerio de Educación; Que, mediante el Informe Nº 306-2012-ME/SG-OGA- UPER el Jefe de la Unidad de Personal solicitó se designe a los representantes del Ministerio de Educación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que participe en los procesos de negociación colectiva, estipulándose expresamente sus facultades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2012, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora Nº 024 – Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora Nº 026: Programa Educación Básica para Todos; Unidad Ejecutora Nº 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa y la Unidad Ejecutora Nº 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente: a) Sobre acciones administrativas y de representación: - Acciones administrativas de gestión y de representación ante Municipalidades Distritales y Provinciales, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público –OSITRAN; la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -SUNASS; Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria –SUNAT; Superintendencia Nacional de los Registros Públicos –SUNARP, el Seguro Social de Salud –ESSALUD, las Administradoras de Fondos de Pensiones –AFP, Compañías de Seguros y Reaseguros, Notarios Públicos y Policía Nacional del Perú. b) En materia de Contrataciones del Estado: - Aprobar las intervenciones económicas de obra, así como designar los interventores de obra, previo informe técnico y legal por parte de la Ofi cina de Infraestructura Educativa y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación. - Emitir la resolución que modifi que la designación del interventor de obra, cuando sea necesario. Artículo 2.- Delegar al Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2012, la siguiente facultad y atribución: a) En materia Laboral: - Representar al Ministerio de Educación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en los procesos de negociación colectiva en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2003-TR, y su Reglamento, aprobado Decreto Supremo Nº 011-92-TR y sus modifi catorias, para lo cual contará con las facultades de participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de éstas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, la convención colectiva de trabajo. Asimismo, el Representante tendrá la facultad de solicitar el apoyo de cualquiera de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Delegar al Jefe de la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo durante el Año Fiscal 2012, la siguiente facultad y atribución: a) En materia de suscripción de Convenios: - Aprobar, modifi car y/o suscribir convenios de colaboración, y sus respectivas adendas, referidos a becas y créditos educativos; así como todos aquellos instrumentos que resultasen necesarios para su implementación y ejecución. Artículo 4.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución es indelegable y comprende la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales vigentes establecidos para cada caso. Artículo 5.- Subsiste la delegación de facultades y atribuciones aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 009-2012-ED, en todo lo que no contravenga lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 831461-1 Modifican las Bases de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2012, aprobadas por R.VM. Nº 0016-2012- ED RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0028-2012-ED Lima, 16 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0622-2011- ED, se aprobó la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, cuyo numeral VII.IV “Promoción de la Cultura y el Deporte”, establece que entre las actividades nacionales programadas para el año 2012 en las que participan instituciones educativas públicas y privadas, se han incluido a los Juegos Florales Educativos Nacionales 2012; Que, la Resolución Viceministerial N° 0016-2012- ED dispuso aprobar las Bases de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2012, cuya fi nalidad es fomentar y celebrar prácticas interculturales entre los estudiantes de las diversas regiones del país, revalorando las diversas manifestaciones artístico – culturales y respetando, experimentando y comprendiendo la diversidad cultural, étnica y lingüística así como la diversidad; Que, el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, tiene entre otras funciones, planifi car, organizar, monitorear y evaluar concursos, festivales, campeonatos, juegos deportivos, juegos fl orares, olimpiadas de actividades culturales, artísticas, científi cas, tecnológicas, deportivas y recreativas en coordinación con las direcciones pertinentes; Que, resulta necesario precisar la composición de la Comisión Organizadora en la Etapa Nacional con el fi n de lograr el adecuado cumplimiento de las Bases de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2012; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510, y en el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización