Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2012 (23/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2012

otorgo el plazo de diez dias habiles, para subsanar las siguientes observaciones: i) El Formulario DGEPP 013, no consigna las caracteristicas de eslora, manga, puntal, arqueo MORDAZA, arqueo neto, material del casco y capacidad de bodega, asimismo, en el rubro artes y aparejos de pesca no consigna longitud, altura y tamano de malla; ii) El diseno general (plano) de la embarcacion modificada consigna caracteristicas diferentes a las consignadas en el pre ­ contrato de construccion de modificacion estructural de embarcacion pesquera, iii) La embarcacion pesquera PEGUISA 4 de matricula CO ­ 145 4 ­PM, procedimiento de ejecucion coactiva suspendidos temporalmente por demanda de revision judicial; y iv) Formular renuncia expresa con firmas legalizada renunciando al derecho de extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo; Que, con escrito del visto, adjunto 4 de fecha 22 de febrero del 2012, la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., no ha cumplido con presentar pre contrato que consigne las caracteristicas (eslora, manga, puntal y capacidad de bodega en m3), conforme lo exige el requisito 2 del procedimiento Nº 013 del MORDAZA de la Direccion General de Extraccion del Ministerio de la Produccion. Del mismo modo, no ha presentado carta de renuncia con firma legalizada a su derecho de pesca para extraer el recurso hidrobiologico sardina para consumo humano directo, a la fecha, por lo que corresponde efectivizar el apercibimiento dispuesto mediante Oficio Nº 580-2012-PRODUCE/DGEPP-Dchi; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe N° 580-2012PRODUCE/DGEPP-Dchi y Informe Legal N° 0796-2012PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar improcedente la solicitud de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA via sustitucion de la embarcacion pesquera PEGUISA 4 de matricula CO-1454PM, presentado por la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e)

y 31 de MORDAZA del 2012, respectivamente, presentado por COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, el articulo 29° de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que la actividad de procesamiento sera ejercida cumpliendo las normas de sanidad, higiene y seguridad industrial, calidad y preservacion del medio ambiente, con sujecion a las normas legales y reglamentarias pertinentes; Que, asimismo, el inciso d) del articulo 43° del mencionado dispositivo legal, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley, las personas naturales y juridicas requeriran de licencia para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 431-97PE, de fecha 23 de setiembre del 1997, se aprobo la transferencia de la licencia de operacion, otorgada a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. ­ PESCA PERU, mediante Resolucion Ministerial Nº 461-94-PE, a favor de COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A., a fin de que esta desarrolle la actividad de Procesamiento de recursos hidrobiologicos, para la produccion de harina y aceite de pescado, destinado al consumo humano indirecto, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. La MORDAZA Nº 370, distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 136 t/h de procesamiento de materia prima; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 37995-PE, de fecha 12 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. ­ PESCA PERU, licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, en su Unidad Operativa 4110 ubicada en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, con una capacidad instalada de 120 t/h de procesamiento de materia prima; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 070-98PE/DNPP, de fecha 22 de MORDAZA del 1998, se aprobo el cambio de titular de la licencia de operacion otorgado a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. ­ PESCA PERU, mediante Resolucion Ministerial Nº 379-95-PE, a favor de la COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A., para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para la obtencion de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, con una capacidad instalada de 120 t/h, de procesamiento de materia prima; Que, de otra parte, por Resolucion Directoral Nº 4992003-PRODUCE/DNPP, de fecha 19 de diciembre de 2003, se otorgo a COMPANIA PESQUERA DEL MORDAZA CENTRO S.A., autorizacion para efectuar el traslado fisico parcial de una linea de produccion de 46 t/h de las 136 t/h de procesamiento de materia prima con que cuenta su planta de harina de pescado con licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 431-97-PE, instalada en el establecimiento ubicado en la Av. La MORDAZA Nº 370, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, asimismo el traslado fisico parcial de una linea de produccion de 30 t/h de las 120 t/h de procesamiento de materia prima con que cuenta su planta de harina de pescado con licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 070-98-PE/DNPP, instalada en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, constituyendo en consecuencia una capacidad acumulada a trasladarse en 76 t/h de procesamiento de materia prima, para ser instalada en el establecimiento industrial pesquero a ubicarse en la Playa Norte, MORDAZA 04 s/n del Puerto de Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 213-2005 - PRODUCE/DGEPP, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, se modifico el articulo 1º, correspondiente a la Resolucion Ministerial Nº 431-97-PE y a la Resolucion Directoral Nº 070-98-PE/DNPP, en lo que respecta a las capacidades

830918-5

Modifican licencia de operacion otorgada a Compania Pesquera MORDAZA Centro S.A. mediante R.D. Nº 070-98PE/DNPP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 261-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 25 de junio de 2012 Visto: El escrito con Registro Nº 00091855-2011, y adjuntos 1, 2, 3, 4 y 6, de fechas, 03 de noviembre y 21 de diciembre de 2011 ,16 de febrero, 05 de marzo, 20 de MORDAZA

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