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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (23/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de agosto de 2012 473154 PRODUCE Otorgan autorización a Natural Protein Technologies S.A.C. para efectuar traslado físico de planta de harina de pescado ubicada en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 255-2012-PRODUCE/DGEPP Lima, 20 de junio de 2012 VISTO: El escrito de Registro Nº 00034014 y adjuntos 1, 2, 3 y 4, de fechas 25 de abril, 22 y 30 de mayo, 06 y 15 de junio de 2012, respectivamente, presentados por NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso b), numeral 4) del artículo 43º, los artículos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, la que constituye un derecho específi co que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolución Nº 131-2004-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 06 de abril de 2004, se otorgó al señor EDMUNDO FLORES ALCA, licencia para la operación de una planta de harina de pescado de alto contenido proteínico, con una capacidad de 4 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Pasaje Virgen de Guadalupe s/n, Sector San Bartolo, distrito y provincia de Santa, departamento de Ancash; Que, a través de Resolución Directoral Nº 196-2006- PRODUCE/DGEPP, de fecha 08 de junio de 2006 modifi cada por Resolución Directoral Nº 447-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 22 de noviembre de 2006 se aprobó el cambio de titular de licencia de operación otorgada mediante Resolución Directoral Nº 131-2004-PRODUCE/DNEPP, a favor de la empresa NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de su planta de harina de pescado de alto contenido proteínico con una capacidad instalada de 04 t/h, de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Pasaje Virgen de Guadalupe s/n, Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash; en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que, la precitada Resolución estableció que la administrada debía acreditar la renovación del Contrato de Subarrendamiento celebrado con PACIFIC NATURAL FOODS S.A.C., antes del vencimiento de vigencia o en su defecto deberá probar con documento alguno que sigue teniendo posesión legal del terreno con posterioridad al 31 de marzo de 2008, lo cual ha sido acreditado con la presentación de las copias de facturas de pago por concepto de arrendamiento del inmueble desde abril de 2008 a junio de 2012; Que, mediante los escritos del visto, NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C., solicita autorización para el traslado físico de la planta de harina de pescado de alto contenido proteínico - ACP, ubicada en el Pasaje Virgen de Guadalupe s/n, Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash, con una capacidad instalada de 04 t/h de procesamiento de materia prima, hacia su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Lote 02 del Predio Rústico (Parcela) Nº 52 Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash; Que, la administrada ha acreditado la propiedad del inmueble ubicado en Predio Rústico (Parcela) Nº 52 Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash, según consta en el Asiento C00001 de la Partida Nº 7024226 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Chimbote. Se precisa que el referido inmueble según Resolución Sub Gerencial Nº 018-2012- DUC-DIU/MDS, emitida por la Municipalidad Distrital de Santa, obrante en el folio 69, se encuentra subdividido en el Lote 1 y Lote 2, por lo que procede considerar como dirección: Lote 02 del Predio Rústico (Parcela) Nº 52 Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash; Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2012- PRODUCE/DIGAAP, de fecha 01 de marzo de 2012, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, otorga la Certifi cación Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental, del proyecto denominado: “Reubicación de planta de Harina y Aceite de pescado de alto contenido proteínico con capacidad instalada de 04 t/h e instalación de una planta de congelado con capacidad instalada de 9 t/día y capacidad de almacenamiento de congelado de 180 t”, a la empresa NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C., a ubicarse en el lote 02 del Predio Rústico Nº 52 – San Bartolo, Santa, Ancash; Que, asimismo, mediante Protocolo Técnico para Autorización de Instalación Nº PTI-010-12-HA-SANIPES, de fecha 17 de abril de 2012, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú-ITP y el Servicio Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES, declaran haber examinado, evaluado y aprobado la memoria descriptiva y los planos del proyecto de traslado físico para la instalación de la Planta de Harina de Pescado de alto contenido proteínico de NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C., a ubicarse en Lote Nº 02 del Predio Rustico Nº 52, Sector San Bartolo, distrito y provincia de Santa, departamento de Ancash, de conformidad con la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas promulgada con Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que, la administrada ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, por lo que procede atender la solicitud formulada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Técnicos Nº 417 y 520-2012-PRODUCE/DGEPP-Dchi, que sustentan la procedencia técnica de lo solicitado e Informes Legales Nºs. 604, 771 y 838-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE, sus modifi catorias, y; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S. A.C., autorización para efectuar el traslado físico de la planta de harina de pescado de alto contenido proteínico ubicada en el Pasaje Virgen de Guadalupe S/N, Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash, con licencia de operación otorgado por Resolución Directoral Nº 131-2004- PRODUCE/DNEPP modifi cada por Resolución Directoral Nº 196-2006-PRODUCE/DGEPP, hacia su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Lote 02 del Predio Rústico (Parcela) Nº 52 Sector San Bartolo, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash, con la capacidad proyectada de 04 t/h de procesamiento de materia prima. Artículo 2º.- NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C., procederá ha instalar su planta de harina de pescado de alto contenido proteínico con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, la mencionada empresa implementará los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, califi cado favorablemente por la Dirección General de Asuntos Ambientales, según el Certifi cado Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental mediante Resolución Directoral Nº 011 -2012- PRODUCE/DIGAAP de fecha 01 de marzo del 2012.