Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2012 (27/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

473437

Articulo 8º.- De la responsabilidad de las instituciones representadas en el Grupo Tecnico Regional y Comite Regional de Coordinacion Las instituciones representadas en el Grupo Tecnico Regional y Comite Regional de Coordinacion, a traves de sus titulares, asumen la responsabilidad de contribuir y facilitar el cumplimiento de las funciones y obligaciones de sus representantes. Asimismo dichas instituciones lideraran la implementacion del Plan de Accion para la implementacion de la Estrategia Regional de Adaptacion al Cambio Climatico en el Departamento de MORDAZA, en sus respectivos sectores. Articulo 9º.- Plazo para cumplimiento de funciones El Grupo Tecnico creado, tendra dos (02) anos iniciales de duracion, contados a partir de su instalacion, al termino de los cuales debera presentar al Consejo Regional los productos resultantes del desarrollo de sus funciones; pudiendo prolongarse su duracion por motivos justificados. Articulo 10º.- Del financiamiento El egreso que ocasione el cumplimiento de la presente Ordenanza, en pos del buen funcionamiento del Grupo Tecnico Regional, seran con cargo al presupuesto de las instituciones que lo conforman. Articulo 11º.- De la publicacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- La conformacion del Grupo Tecnico Regional y del Comite Regional de Coordinacion contemplada en los articulos 3º y 4º de la presente Ordenanza, no es excluyente, pudiendo en el desarrollo del MORDAZA sumarse nuevos integrantes, ya sea de Oficio, o a pedido de parte, para lo cual deberan hacer conocer su intencion de conformar dichos espacios mediante documento dirigido a la Secretaria Tecnica y en reunion extraordinaria del Grupo Tecnico se decidira su inclusion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 833162-3

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Aprueban "Lineamientos Generales para Implementacion de Politicas Multisectoriales de Promocion de la Cultura de Paz e Igualdad de Oportunidades en el Departamento de Arequipa"
ORDENANZA REGIONAL Nº 174-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA

Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia..."; Que, Cultura de Paz es "un conjunto de valores, actitudes y comportamientos que reflejan el respeto a la MORDAZA, a la dignidad del ser humano y a la naturaleza, y que ponen en primer plano a los derechos humanos, la igualdad entre hombres y mujeres, el rechazo a la violencia en todas sus formas y la adhesion a la democracia y a los principios de MORDAZA, justicia, respeto, solidaridad y tolerancia"; consecuentemente, la UNESCO la define como "una cultura de la convivencia y la equidad, fundada en los principios de MORDAZA, justicia y democracia, tolerancia y solidaridad; una cultura que rechaza la violencia, se dedica a prevenir los conflictos en su origen y a resolver los problemas por la via del dialogo y la negociacion; una cultura que asegura para todos el pleno ejercicio de todos los derechos y les proporciona los medios para participar plenamente en el desarrollo endogeno de la sociedad". Que, en noviembre de 1998, la Asamblea Generala de las Naciones Unidas proclamo el periodo 2001-2010 como el "Decenio Internacional de una Cultura de Paz y No Violencia para los ninos del Mundo", que la 53 Asamblea General de las Naciones Unidas de octubre de 1999, proclamo la "Declaracion y programa de accion sobre una Cultura de Paz"; que la Asamblea General de, las Naciones Unidas ha establecido el 21 de setiembre como Dia Internacional de la Paz; Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y el Estado; en tal establece que toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso; asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; por tanto, es deber del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos y promover el bienestar general que se fundamente en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion. Por otro lado, los Gobierno Regionales tienen por finalidad fundamental fomentar esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo y garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, la paz no solo debe ser entendida como la ausencia de guerra; sino que ademas como la ausencia de violencia en todas sus formas. La violencia esta relacionada con las necesidades y con la realizacion del ser humano, "la violencia esta presente cuando los seres humanos se ven influenciados de tal manera que sus realizaciones efectivas, somaticas y mentales, estan por debajo de sus realizaciones potenciales". Esto conlleva a decir en la practica, que si no existe plenitud en la satisfaccion de las necesidades de un sujeto, en este caso de un peruano, entonces se le estara violentando y por ende no habra paz dentro de el, lo que podria reflejarse en sus relaciones con los otros. Esto que esquematizamos aqui de forma individual, bien puede ocurrir colectivamente y a gran escala, haciendo que exista MORDAZA frustracion personal y relaciones tensas con el entorno que hasta pueden ser causantes de violencias fisicas o psicologicas. Que, en este contexto, el Gobierno Regional de MORDAZA propone impulsar MORDAZA de orientados a fortalecer una cultura de paz promoviendo la accion concertada del sector publico, privado y sociedad civil organizada en aras de una convivencia pacifica y armonica, basada en la trasmision de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el dialogo y la negociacion. Que, al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA.

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