Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2012 (27/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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politicas regionales de juventud del Gobierno Regional de Arequipa; y, un espacio de encuentro entre las instituciones del Estado de nivel regional y local, con las organizaciones de jovenes organizados y no organizados. El COREJU para efectos del cumplimiento de sus atribuciones realizara coordinaciones permanentes con la Secretaria Nacional de la Juventud. Articulo 2º.- ENCARGAR al Area de Gestion Cultural y Social la apertura del Registro Unico Regional de Organizaciones Juveniles de MORDAZA, en el que se inscribiran las organizaciones juveniles de caracter social, politico, cultural, deportivo, religioso, ambiental y de otra indole constituidas o por constituirse, que deseen participar del MORDAZA de designacion de representantes ante el COREJU. Para efectos de la inscripcion en el Registro Unico Regional de Organizaciones Juveniles, se deberan presentar la Solicitud de inscripcion, dirigida al Jefe del Area de Gestion Cultural y Social, adjuntando los siguientes documentos: 1. MORDAZA legalizada del Acta de constitucion de la organizacion juvenil u otro documento que acredite la existencia de la organizacion. 2. MORDAZA del Acta de Designacion del representante de la organizacion juvenil u otro documento que lo acredite como tal. 3. MORDAZA del DNI del representante de la organizacion. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, el area de Gestion Cultural y Social procedera a realizar el registro y a emitir la acreditacion correspondiente. El Area de Gestion Cultural y Social desde el dia siguiente de la publicacion de la presente ordenanza y durante el plazo de 15 dias habiles debera realizar la difusion de la convocatoria para la inscripcion en el RUROJ en las provincias de la Region Arequipa. Transcurrido este plazo y dentro los 30 dias siguientes se concluira el registro de las organizaciones juveniles para efectos de la eleccion de representacion ante el COREJU; sin embargo, el registro permanecera abierto para otros efectos relacionados a la implementacion de politicas de juventudes. Articulo 3º.- El Consejo Regional de la Juventud MORDAZA - COREJU MORDAZA, esta integrado: 1. Un representante del Presidente Regional de MORDAZA, quien la presidira, 2. El Jefe del Area de Gestion Cultural y Social, 3. Un representante de la Gerencia Regional de Educacion, 4. Un representante de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, 5. Un representante de la Gerencia Regional de Salud, 6. Un representante de la Gerencia Regional de Produccion, 7. Un representante del Autoridad Regional del Medio Ambiente, 8. Un representante por cada Municipalidad Provincial, 9. Un representante Estudiantil por cada Universidad creada por ley en el Departamento de MORDAZA, 10. Un representante de los Municipios Escolares por UGEL, el cual sera elegido a traves de la Gerencia Regional de Educacion. 11. Un representante Estudiantil de los Institutos Superiores por Provincia, el cual sera elegido a traves de la Gerencia Regional de Educacion. 12. Un representante de cada uno de los siguientes estamentos juveniles: organizaciones politicas, sociales, culturales, deportivas, religiosas, ambientales y ONG´s, previamente inscritos en el Registro Unico Regional de Organizaciones Juveniles de Arequipa. Los representantes designados del numeral 1, 9, 10, 11 y 12 del presente articulo, deberan tener entre quince (15) a veintinueve (29) anos de edad. Los representantes de cada estamento juvenil inscritos, elegiran democraticamente a su representante para la conformacion ante el COREJU, para lo cual, el Area de Gestion Cultural y Social convocara a dicha eleccion, dentro de los 15 dias siguientes al cierre del registro. Articulo 4º.- El Consejo Regional de la Juventud de MORDAZA, tiene las siguientes atribuciones: a) Disenar, formular, implementar, monitorear y evaluar las acciones del Gobierno Regional, con respecto a las politicas de juventud que implemente.

b) Informar a la sociedad y al Gobierno Regional de manera permanente, los resultados y el cumplimiento de las politicas y planes aprobados e implementados. c) Coordinar con las instituciones publicas y privadas involucradas en la implementacion de las politicas publicas sobre la juventud presentada. d) Articular y canalizar los planes, programas, proyectos y demas propuestas viables presentadas por las organizaciones de la juventud ante las instancias del gobierno nacional, regional y local y las organizaciones privadas de modo que se inserten en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica para que pueda contar con la aprobacion de la Oficina de Programacion de Inversiones. e) Participar en la ejecucion y monitoreo del Plan Regional de la Juventud. f) Apoyar a las y los jovenes en la formulacion de proyectos e iniciativas sociales, economicas y culturales. g) Elaborar y proponer Ordenanzas concertadas en materia de juventudes. h) Rendir cuenta de la gestion cada dos anos, mediante encuentros regionales en los que participen las redes juveniles. i) Coordinar con los gobiernos locales y provinciales la implementacion de Consejos Provinciales y Locales de la Juventud, a traves de ordenanzas, cuya funcion son la de constituir un espacio de promocion, coordinacion, consulta y concertacion de las politicas nacional de la juventud en el ambito provincial y distrital. Articulo 5º.- El Consejo Regional de la Juventud MORDAZA contara con una Secretaria Tecnica, encargada de fortalecer las decisiones que se adopten y ejecutar las acciones que se requiera para su correcto funcionamiento, garantizando un trabajo tecnico sobre la materia, la misma que recaera en el Jefe del Area de Gestion Cultural y Social. Articulo 6º.- El Presidente Regional tendra un plazo de 60 dias calendario para solicitar a las instituciones que son miembros integrantes del COREJU la acreditacion de sus respectivos representantes, asi como para la instalacion del COREJU en acto Publico. Articulo 7º.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA, para que a traves del Area de Gestion Social se gestione los recursos logisticos necesarios que garanticen el funcionamiento del COREJU - AREQUIPA. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- ENCARGAR al Consejo Regional de la Juventud MORDAZA, la elaboracion y aprobacion de su Reglamento de Funcionamiento Interno en un plazo MORDAZA de 45 dias calendario de su instalacion. Segunda.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano, como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 833162-1

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