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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473556 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, en todos sus extremos, la Resolución Nº 1989-2012-MP-FN, de fecha 03 de agosto del 2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Cajamarca y Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 834415-8 Nombran Fiscales en los Distritos Judiciales de Lima y Huancavelica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2184-2012-MP-FN Lima, 28 de agosto del 2012 VISTO: Visto el Ofi cio Nº 4783-2012-MP-FN-GECPH, de fecha 16 de julio del 2012, remitido por el Gerente de Potencial Humano; y, CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora SUSANA VERONICA RATTO QUISPE, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Judicial de Lima, designándola en el Pool de Fiscales de Lima. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 834415-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2185-2012-MP-FN Lima, 28 de agosto del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora INÉS SINCHITULLO BARBOZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huancavelica, designándola en el Pool de Fiscales de Huancavelica, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huancavelica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 834415-10 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Asignan cargos de Secretario General y Gerente de Productos y Servicios al Usuario de la SBS y modifican Cuadro de Asignación de Personal RESOLUCIÓN SBS Nº 6174-2012 Lima, 17 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, acorde con la política institucional y por convenir al servicio, se ha previsto la ejecución de determinadas acciones de personal en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; y, En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modifi catorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Ascender, a partir del 17 de agosto de 2012, a don MARCO ANTONIO OJEDA PACHECO, al cargo de dirección de Secretario General, Nivel N2, de la Secretaria General. Artículo Segundo.- Modifi car el Cuadro de Asignación de Personal de la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 833687-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 6175-2012 Lima, 17 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, acorde con la política institucional y por convenir al servicio, se ha previsto la ejecución de determinadas