Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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cumpliendo lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, respecto de las notificaciones. Articulo 98º.- Conclusion del procedimiento El procedimiento sancionador concluye por: Resolucion de Sancion Resolucion de Archivamiento Pago del total de la sancion pecuniaria Articulo 99º.- Resolucion de Sancion Dentro del termino de treinta (30) dias habiles, contados desde la fecha de inicio del procedimiento, la Gerencia de Transporte, expedira la resolucion correspondiente finalizando el procedimiento. La resolucion debera contener las disposiciones necesarias para su efectiva ejecucion. Constituye obligacion de la Gerencia de Transporte el cumplimiento del plazo senalado en el numeral anterior, sin embargo, su vencimiento no genera responsabilidad en caso de emitir la Resolucion tardiamente. En caso de sancionarse al infractor con el pago de multas, la resolucion debera indicar que estas deben cancelarse en el plazo de quince (15) dias habiles, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento de ejecucion coactiva. Articulo 100º.- Resolucion de Archivamiento La resolucion de archivamiento sera expedida por la Gerencia de Transporte, dentro del termino de treinta (30) dias habiles contados desde la fecha de inicio del procedimiento, en casos que no amerite la imposicion de una sancion. Articulo 101º.- Pago del total de la sancion En el caso del presente articulo, La Gerencia de Transporte, cortara el procedimiento sancionador y dispondra el archivamiento sin que para ello sea necesaria la emision de una resolucion administrativa. Articulo 102º.- Recursos de Impugnacion Los recursos administrativos de impugnacion contra la resolucion de sancion, asi como cualquier otra cuestion no prevista en el presente procedimiento, se regiran por las disposiciones correspondientes de la Ley 27444. Articulo 103º.- Plazo de Prescripcion La facultad de la Municipalidad Provincial de Huaura para determinar la existencia de incumplimientos e infracciones, requerir la subsanacion del incumplimiento, e iniciar procedimiento sancionador prescribe en el plazo de dos (02) anos, y se regula por lo establecido en el articulo 233º de la Ley Nº 27444. En el mismo plazo prescribe la facultad de la Municipalidad Provincial de Huaura ejecutar la sancion impuesta en un procedimiento sancionador. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Unica.- Las autoridades competentes de ambito distrital tomaran como validas las autorizaciones y habilitaciones vehiculares, otorgadas que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ordenanza, para la prestacion del servicio de transporte, debiendo exigir el cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza. Las autorizaciones y habilitaciones vehiculares mantendran su vigencia hasta su respectivo vencimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las concesiones de ruta o permisos excepcionales otorgados para prestar el servicio de transporte provincial regular de personas, vigentes a la fecha de entrada en MORDAZA la presente ordenanza, mantendran su vigencia hasta sus respectivos vencimientos, sin perjuicio de cumplir con la adecuacion al presente reglamento en los terminos establecidos. Segunda.- En lo no previsto en el presente reglamento para la tramitacion de los procedimientos administrativos, sera de aplicacion supletoria, lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo General y la Ley de Ejecucion Coactiva, segun corresponda.

Tercera.- Dejar sin efecto toda MORDAZA que se oponga a lo dispuesto a la presente Ordenanza. Cuarta.- Encarguese a la Gerencia de Transporte, velar por el cumplimiento de la presente ordenanza municipal. Quinta.- Facultese al MORDAZA la municipalidad provincial de Huaura para dictar normas complementarias y/o reglamentarias a la presente ordenanza municipal. Sexta.- Encargar a la Subgerencia de Secretaria General, disponer la publicacion de la presente ordenanza municipal y a la Oficina de Informatica su publicacion en el MORDAZA web de la Municipalidad Provincial de HuauraHuacho (www.munihuacho.gob.pe). Septima.- La presente ordenanza provincial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El PERUANO. POR TANTO; Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 833576-1

Aprueban Ordenanza que regula las infracciones y sanciones en materia de MORDAZA y transporte en la provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL N° 015-2012 MORDAZA, 8 de junio de 2012 El Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaura Por Cuanto; El Concejo Provincial de Huaura en Sesion Ordinaria Nº 08 del 27 de MORDAZA de 2012; el Dictamen N° 004-2012-PCIVYT/MPHH emitido por la Comision de Infraestructura Vial y Transporte, y; CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad de la Municipalidad otorgar concesiones y permisos de operacion de Rutas a las empresas que lo soliciten, asi como brindar al usuario, un servicio de Transporte MORDAZA e Interurbano seguro y eficiente, cenido al ordenamiento legal correspondiente, dentro del ambito de la Provincia de Huaura; Que, en la actualidad muchos conductores o propietarios de vehiculos motorizados incumplen las normas de MORDAZA vehicular, incurriendo en infracciones por conduccion, a dispositivos de control, de seguridad, contaminacion del medio ambiente y otros; generando desorden en la circulacion vehicular; Que, es ineludible implementar sanciones y/o multas de acuerdo a la realidad de la Provincia de Huaura, a los conductores de vehiculos motorizados que infringen el Reglamento de MORDAZA poniendo en peligro la salud, la MORDAZA de las personas y del Transporte Urbano; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 1) del Articulo 81° de la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion y lectura del Acta, el Pleno del Concejo en pleno uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, aprueba; "ORDENANZA QUE REGULA LAS INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE MORDAZA Y TRANSPORTE EN LA PROVINCIA DE HUAURA" Articulo Primero.- ESTABLECER el pago a las sanciones y/o multas por infracciones al MORDAZA y transporte terrestre, tales como: Infracciones a la Conduccion, a los Dispositivos de Control, a la seguridad, a la velocidad, al Estacionamiento y Detencion Vehicular, al Medio Ambiente y otras, consideradas en el Reglamento

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