Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de ley, segun lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la indicada Carta Politica, correspondiendole al Concejo Municipal de conformidad con su funcion normativa, la aprobacion de las mismas; Que, el Reglamento Interno de Concejo (R.I.C.) es el documento o instrumento juridico de la gestion municipal, cuyo objetivo es reglamentar el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones del Concejo Municipal Provincial de Barranca, como organo de mayor nivel de Gobierno Local, integrado por el MORDAZA y los once (11) Regidores Provinciales, la convocatoria y el desarrollo de las Sesiones del Concejo y el funcionamiento de las Comisiones del Concejo; Que, las municipalidades de acuerdo a lo prescrito por el Art. 9° numeral 12 y Art. 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, son competentes para acordar su regimen de organizacion interior correspondiendo al Concejo Municipal constituir comisiones ordinarias permanentes y especiales, conforme a su reglamento. Que, actualmente la Gestion Municipal requiere de un diseno organizacional que posibilite la modernizacion de la Entidad, haciendo que la funcion normativa y fiscalizadora se adecue mejor al servicio de la poblacion; Que, a traves de la Ordenanza Municipal N° 0032004-AL/CPB, con fecha 27 de enero del 2004, se aprobo el Reglamento Interno del Concejo Provincial de Barranca (R.I.C.); Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA POR MAYORIA de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL MORDAZA REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL (R.I.C.) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Articulo 1.- APROBAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL (R.I.C.) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA, como instrumento de gestion con el objetivo de posibilitar la modernizacion del organo de mayor nivel de Gobierno Local, haciendo que la funcion normativa y fiscalizadora se adecue mejor al servicio de la poblacion, el mismo que esta conformado de Ocho (08) Titulos, Veintisiete (27) Capitulos, Once (11) Subcapitulos, Ciento Cuarenta y Seis (146) Articulos y Tres (03) Disposiciones Finales y Transitorias, los mismos que en anexo forman parte integrante de la presente norma. Articulo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y todas las areas de esta Entidad, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 3.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob. pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Articulo 4.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Autorizan ampliacion de flota vehicular del servicio publico de transporte de pasajeros en las Rutas "A" y "B" en la provincia de Canete
ORDENANZA Nº 029-2012-MPC Canete, 16 de agosto de 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, sobre Ampliacion de Flota Vehicular del Servicio Publico de Transporte de Pasajeros en las Rutas "A" y "B" en la Provincia de Canete; CONSIDERANDO: Que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, en aplicacion del numeral 17.1 inciso a) articulo 17º de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, la Municipalidad Provincial tiene competencia para emitir normas y disposiciones; asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, es competencia de la Municipalidad Provincial de Canete, dentro de su jurisdiccion de acuerdo a la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y en aplicacion del articulo 11º del D.S. Nº 017-2009-MTC - Reglamento Nacional de Administracion de Transporte y Modificatorias, en las de dictar y aprobar normas complementarias aplicables, sujetandose a los criterios previstos en la Ley, y al Reglamento sobre aspectos administrativos y operativos para prestar el servicio publico de transporte de pasajeros en la Provincia de Canete; Que, en tanto se apruebe el MORDAZA Plan Regulador de Rutas, que asigne nuevas rutas y flota vehicular con la que ha de contar cada Empresa adjudicada para satisfacer los requerimientos de los servicios al publico usuario; siendo necesario brindar las facilidades para la ampliacion de flota vehicular para la ruta "A" y "B", conforme establece la Ordenanza No 006-2002-MPC de fecha 18 de Enero 2002; Estando a la facultad de la Municipalidad Provincial de Canete, contenidas en la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, y el D.S. Nº 0172009-MTC Reglamento Nacional de Administracion de Transporte y Modificatorias; considerando la propuesta de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, al dictamen favorable de la Comision de Transporte, el Informe Legal; con el V°B° de la Gerencia General, al MORDAZA unanime de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL:

Emitida en la MORDAZA Municipal, a los 18 dias del mes de MORDAZA del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) MORDAZA Provincial 833919-1

AMPLIACION DE FLOTA VEHICULAR DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LAS RUTAS "A" Y "B" EN LA PROVINCIA DE CANETE Articulo 1º.- AUTORICESE, con caracter excepcional la ampliacion en un MORDAZA de Cuatro (4) unidades vehiculares en la flota vehicular de las Empresas que prestan el servicio de Transporte de Pasajeros

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