Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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2. Precisese que vencido el plazo previsto para la MORDAZA de las solicitudes de acogimiento, los titulares de estas embarcaciones que no hubieran presentado oportunamente su solicitud, solo podran realizar actividad extractiva del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) a partir de la MORDAZA MORDAZA 10. Asimismo, vencido el precitado plazo, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto del Ministerio de la Produccion remitira a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la relacion de embarcaciones que si cumplieron con presentar su solicitud, a fin que MORDAZA inspeccionadas y continuara con el procedimiento respectivo.

Cuarta.- Plazo MORDAZA para la MORDAZA de solicitudes por parte de los titulares de embarcaciones de MORDAZA comprendidas en la Ley Nº 26920 Establezcase el 17 de diciembre del 2012, como plazo MORDAZA para que los titulares de permisos de pesca de las embarcaciones a que se refiere la Unica Disposicion Complementaria Final y Transitoria de la Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE, presenten sus solicitudes de acogimiento al Convenio de Adecuacion de sus embarcaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Aprobacion y publicacion del formato de Rendicion de Cuentas La Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero aprobara y publicara el formato de Rendicion de Cuentas en el plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, a ser computado desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion Ministerial; contando con facultades para su modificacion posterior, de ser necesario. Segunda.- Entrada en vigencia de obligacion de reporte de Rendicion de Cuentas Los titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones de Menor escala y de Mayor escala asi como los titulares de las licencias de los Establecimientos de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano Directo y los Establecimientos Industriales Pesqueros para Consumo Humano Indirecto, presentaran el primer reporte de Rendicion de Cuentas al Ministerio, el ultimo dia habil del mes de diciembre del ano 2012. Tercera.- Permisos de Pesca de Menor Escala 1. Otorguese a los Gobiernos Regionales un plazo improrrogable de cinco (5) dias habiles, contados desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion, para cumplir la obligacion a su cargo prevista en la Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE, de remitir al Ministerio (i) la evaluacion de las solicitudes de permiso de pesca de embarcaciones mayores a 10 m3 de capacidad de bodega recibidas, (ii) el listado preliminar de las embarcaciones sujetas al regimen de menor escala, respecto de las cuales se ha verificado el cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 100-2009-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE, y que no tengan deudas consentidas pendientes de pago por haber incurrido en infracciones; y,(iii) MORDAZA del acervo documentario respectivo. 2. Vencido el plazo previsto en el parrafo precedentesin que los Gobiernos Regionales cumplan con presentar toda la informacion requerida,la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo del Viceministerio de Pesqueria del Ministerio de la Produccioniniciara la evaluacion del Listado de embarcaciones inscritas, remitido por los Gobiernos Regionales al Ministerio en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 100-2009-PRODUCE y sus modificatorias.Para estos efectos, se faculta a la citada Direccion General a requerir la informacion necesaria a las personas naturales y/o juridicas incluidas en el Listado mencionado.A falta de informacion de los Gobiernos Regionales sobre las deudas pendientes de pago, se entendera, bajo responsabilidad de cada Gobierno Regional, que las personas naturales y/o juridicas incluidas en el acotado Listado, no les adeudan suma alguna por este concepto. 3. En cualquier supuesto, a efectos de agilizar este procedimiento, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo remitira a la Direccion General de Capitania y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la relacion de embarcaciones que pasaran la inspeccion tecnica a que se refiere el articulo 6 de la Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE. En dicha relacion, se incluira a las embarcaciones que forman parte del Listado remitido por los Gobiernos Regionales al Ministerio,citado en el parrafo precedente, que ademas hayan solicitado la obtencion de su permiso de pesca de menor escala, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE.

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Designan Secretario General y Directora General de la Direccion General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP
RESOLUCION EJECUTIVA N° 034-2012-ITP/DEC
Callao, 28 de noviembre de 2012 VISTO: El Acuerdo del Consejo Directivo N° 043-16-2012-ITP/ CD de fecha 14 de noviembre de 2012, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 16-2012-ITP/CD, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, se designa al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pallete, en el cargo de Secretario General del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, a cuyo efecto suscribira el Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS, con la representante legal del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP; Que, el Acuerdo mencionado en el considerando precedente se adopto, en consideracion que se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Secretario General del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, contenido en el Cuadro para Asignacion de Personal del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ITP, aprobado por la Resolucion Ministerial N° 378-2012-PRODUCE; Que, asimismo, es de aplicacion el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referente a eficacia anticipada del acto administrativo, que dispone: "La autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion"; Que, por razones de servicio resulta necesario formalizar la designacion del funcionario que desempene el referido cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; Decreto Legislativo 92, Ley que crea el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, en vias de formalizacion, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pallete, en el cargo publico de confianza de Secretario General del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, con eficacia anticipada al 16 de noviembre del 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARAZO DE CABELLOS Directora Ejecutiva Cientifica Instituto Tecnologico Pesquero del Peru I.T.P.

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