Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

481012

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

Que, la Gerencia de Obras Publicas, mediante el Informe N° 122-2012-MDLM-GOP, senala que la inexistencia de limites distritales con las municipalidades que integran la Mancomunidad Municipal Lima-Este, no permite la ejecucion de proyectos de inversion que propicien la infraestructura vial, el ordenamiento MORDAZA, entre otros; ademas destaca que hasta la fecha se han realizado multiples reuniones con los representantes de los municipios integrantes de la referida Mancomunidad sin concretarse alguna accion, ello por no haber encontrado un beneficio comun, debido a la falta de colindancia entre los distritos; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial, a traves del Informe N° 163-2012-MDLMGDUPC, precisa que los objetivos de la Mancomunidad Lima- Este no estan relacionados en materia de Ordenamiento MORDAZA, de manera directa con los distritos de San MORDAZA y El MORDAZA, que por su ubicacion se encuentran conectados al Sistema Vial Metropolitano Central, condicion que ha generado en estos distritos niveles de consolidacion de Comercio Metropolitano y Zonas Industriales, lo que no se visualiza como escenarios favorables para proyectos comunes de inversion con el distrito de La Molina. Asimismo, respecto al distrito de Cieneguilla, considerado como un distrito en MORDAZA de consolidacion, orientado a la provision de servicios basicos de las zonas habitadas, dicho Despacho precisa que esa condicion no posibilita crear escenarios para la generacion de proyectos comunes de ordenamiento MORDAZA, ni de inversion comun en infraestructura MORDAZA, con el distrito de La Molina; Que, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, mediante el Informe N° 075-2012-MDLMGSCGA, senala que con el distrito de San MORDAZA no se tiene conexion geografica, es decir la cooperacion practica no seria eficiente, de igual manera, no se aprecia articulacion entre los distritos de Cieneguilla y San MORDAZA por la diferencia de sus realidades. En la misma linea, dicho Despacho preciso que el distrito de Cieneguilla tiene caracteristicas muy diferentes con el distrito de La MORDAZA, toda vez que este es un distrito netamente MORDAZA, mientras que el distrito de Cieneguilla cuenta con zonas consideradas rurales o peri-urbanas. Asimismo, del cumplimiento de objetivos de la Mancomunidad Municipal Lima-Este refiere que solo se ha avanzado en el tema de seguridad ciudadana, mas no en materia ambiental; Que, mediante Informe N° 102-2012/MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, senala que de acuerdo a lo opinado por las diferentes unidades organicas involucradas se concluye que no es factible una integracion permanente con los otros Municipios integrantes de la Mancomunidad Municipal Lima-Este en la prestacion del servicio de seguridad ciudadana, por la inexistencia de limites distritales que no permite la ejecucion de proyectos de inversion que propicien la infraestructura vial, el ordenamiento MORDAZA, entre otros aspectos; por lo que opina que al no estarse cumpliendose el objeto de la referida Mancomunidad para la Entidad MORDAZA, por los motivos senalados por las diferentes unidades organicas de la municipalidad, es conveniente para la gestion, la separacion de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de la Mancomunidad Municipal Lima-Este; Que, mediante Informe N° 491-2012-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable por la aprobacion del proyecto de Ordenanza que aprueba la separacion voluntaria de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, de la Mancomunidad Municipal MORDAZA ­ Este, considerando que no es factible una integracion permanente con las municipalidades que integran la Mancomunidad Municipal MORDAZA ­ Este en la prestacion del servicio de seguridad ciudadana, y asimismo la inexistencia de limites distritales no permite la ejecucion de proyectos de inversion que propicien la infraestructura vial, el ordenamiento MORDAZA, entre otros aspectos; advirtiendose que transcurrido mas de un ano desde que esta Entidad MORDAZA decidio formar parte de la referida Mancomunidad Municipal, no se esta cumpliendo el objeto de su conformacion para la Municipalidad Distrital de La Molina; correspondiendo realizar la separacion voluntaria de la Entidad MORDAZA de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este, conforme a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 14° del Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2012-PCM y el articulo Vigesimo MORDAZA del Estatuto de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este;

Que, el procedimiento de separacion acorde con el articulo 14° del Reglamento de la Ley N° 29029, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece que la misma procede en los supuestos de separacion voluntaria y forzosa, encajando la propuesta de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional en el supuesto de separacion voluntaria; por lo que procede la emision de la Ordenanza que apruebe la separacion voluntaria de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de la Mancomunidad Municipal Lima-Este; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal por unanimidad emitio la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA SEPARACION VOLUNTARIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA, DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL LIMA-ESTE Articulo Primero.- APROBAR la separacion voluntaria de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de la Mancomunidad Municipal Lima-Este, acorde a lo dispuesto en el articulo 14° numeral 1) del Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de Mancomunidad Municipal modificada por la Ley N° 29341, aprobado por el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM. Articulo Segundo.- REMITIR la presente Ordenanza al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal LimaEste para conocimiento y modificacion del Estatuto, como consecuencia de la separacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Secretaria General y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional. Articulo Cuarto.- DISPONER a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion en la Pagina Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 879033-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Prorrogan plazo de beneficios extraordinarios de regularizacion de obligaciones tributarias establecidos en la Ordenanza Nº 181-MDL
DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2012-MDL Lurigancho, 14 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA VISTO: El Informe N° 287-2012/MDLCH-GR, de la Gerencia de Rentas y la Ordenanza N° 181-MDL; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 181-MDL, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 09 de noviembre de 2012, se aprobaron beneficios extraordinarios de regularizacion de obligaciones tributarias sustanciales, formales y de multas administrativas;

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