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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de diciembre de 2012 481006 Artículo Segundo.- “Los gastos que implique el viaje de la referida funcionaria se efectuará con cargo al presupuesto institucional según el detalle siguiente: - Por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios: - Pasaje Aéreo US$ 1,227.55 - Viáticos US$ 600.00 ----------- TOTAL US$ 1,827.55 ======= Artículo Cuarto.- “Los gastos que implique el viaje de la referida funcionaria se efectuará con cargo al presupuesto institucional según el detalle siguiente: - Por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios: - Pasaje Aéreo US$ 1,227.55 - Viáticos US$ 600.00 ------------ TOTAL US$ 1,827.55 ======= Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 878714-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban “Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la libertad personal durante los procesos electorales y consultas populares a realizarse el año 2013” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 034-2012-SG/ONPE Lima, 13 de diciembre 2012 VISTO: La Resolución Jefatural N° 0193-2012-J/ ONPE, el Informe N° 147-2012-SGPAC-SG/ONPE de la Subgerencia de Programación y Archivo Central de la Secretaría General, así como el Memorando Nº 605- 2012-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 1000-2012-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 01 de noviembre de 2012, se convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el día domingo 17 de marzo de 2013; Que, por Resolución N° 1068-2012-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 15 de noviembre de 2012, fueron incluidos los distritos de Pucusana y Ate en el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales antes citado; Que, por otro lado, de conformidad con el artículo 186º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 40º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y el literal f) del artículo 5º de la Ley Nº 26487 – Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE-, este organismo dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios; siendo estas disposiciones de cumplimiento obligatorio para el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; Que, según lo dispuesto por el artículo 348º de la Ley Orgánica de Elecciones, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas pone a disposición de la ONPE los efectivos necesarios para asegurar el libre ejercicio del derecho de sufragio, la protección de los funcionarios electorales durante el cumplimiento de sus deberes y la custodia del material, documentos y demás elementos destinados a la realización del acto electoral; disponiendo la misma norma que, para tal efecto, el Comando ejerce las siguientes atribuciones: a) Prestar el auxilio correspondiente que garantice el normal funcionamiento de las Mesas de Sufragio; b) Mantener el libre tránsito de los electores desde el día anterior al de la elección y durante las horas de sufragio e impedir que haya coacción, cohecho, soborno u otra acción que tienda a coactar la libertad del elector; c) Facilitar el ingreso de los personeros a los locales en que funcionen las Mesas de Sufragio; d) Custodiar los locales donde funcionen los órganos electorales y las oficinas de Correos; y e) hacer cumplir las disposiciones que adopte la ONPE para dicho efecto; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0193-2012- J/ONPE, se ha delegado en la Secretaría General de la ONPE, la atribución de dictar las disposiciones e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales a realizarse durante el año 2013, norma concordante con el literal h) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, el cual dispone que la Secretaría General tiene como función coordinar con las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público los asuntos relacionados con la seguridad de los procesos electorales y el literal i) del mismo artículo, el cual dispone que la Secretaría General imparte las orientaciones a los órganos de la institución en materia de seguridad electoral; Que, asimismo, debe tenerse en cuenta que conforme al literal c) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, es función de este organismo planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales a su cargo, incluidas aquellas relacionadas con el control de la seguridad en los centros de votación; Que, de esta forma, debe considerarse el uso generalizado de los dispositivos digitales de parte del electorado, por lo que resulta indispensable normar la utilización de estos por los electores durante el acto de sufragio, a fi n de resguardar el orden y el secreto del voto; De conformidad con los literales: h), i) y cc) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente, y con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las “Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la libertad personal durante los procesos electorales y consultas populares a realizarse el año 2013”. Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional: www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ MARINA VERA CABRERA Secretaria General