Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2012 (16/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481009

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en sesion de Directorio de fecha 26 de noviembre de 2012 se aprobo la apertura de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolucion SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. la apertura de una agencia ubicada en la Av. MORDAZA Mendiola N° 1957 - 1959 del distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 878584-1 RESOLUCION SBS Nº 9038-2012 MORDAZA, 5 de diciembre de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. para que se le autorice el cierre de una agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, autorizada a operar mediante Resolucion SBS N° 899-2004; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion de Directorio de fecha 26 de noviembre de 2012 se acordo el cierre de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para el cierre de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 14° del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolucion SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. el cierre de la agencia autorizada a operar con Res. SBS N° 899-2004 en el Centro Bancario MORDAZA Norte (Centro Financiero Comercial FIORI) N° 11 - 12, que se ubica en la esquina de la Avenida MORDAZA Mendiola (Panamericana Norte) y de la Prolongacion de la Avenida MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 878584-2

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Derogan la Ordenanza N° 039-2010GRSM/CR y reiteran el compromiso de impulsar la construccion del Centro Cultural Regional en la capital departamental y los Centros Culturales Provinciales
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2012-GRSM/CR Moyobamba, 10 de Octubre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el cual dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el literal a), del articulo 15º de MORDAZA MORDAZA mencionada, establece que el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Consejo Regional representada por los Consejeros Regionales, en ejercicio de su funcion fiscalizadora considera que las buenas practicas en la gestion publica pasa por el cumplimiento e implementacion de las Ordenanzas Regionales aprobadas por este colegiado; en virtud ello se ha evaluado e identificado entre otras que la Ordenanza Regional Nº 039-2010GRSM/CR, la que no ha sido implementada, en vista que los instrumentos de gestion (ROF ­ MOF ­ CAP) del Gobierno Regional de San MORDAZA no contempla lineas de intervencion cabalmente establecidas para un adecuado ejercicio de funciones el aspecto cultural; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 039-2010GRSM/CR, de fecha 29 de diciembre del 2010, el Consejo Regional de San MORDAZA, aprobo por unanimidad declarar de necesidad publica y de interes regional la construccion de la infraestructura del Centro Cultural de San MORDAZA ubicado entre la interseccion de los jirones MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA (Ex CTAR) ­ Moyobamba; Que, al contarse a la actualidad con el Ministerio de Cultura, como ente regulador para el reconocimiento de un interes regional en la creacion de un Centro Cultural se ve la necesidad de evaluar la legalidad y viabilidad de la Ordenanza Regional MORDAZA mencionada, al observarse que es un instrumento de gestion que no precisa funciones, que garantice la operacion y mantenimiento de Centro Cultural en mencion toda vez que al estar sustentada en el interes regional, sin haberse ejecutado aun, debe abordarse con mayor amplitud un Proyecto de Centro Cultural Regional, a traves de una propuesta al nivel competencial y desde luego contar con el cumplimiento del mecanismo aprobado consensualmente por el Pleno del Consejo Regional, lo cual al advertirse que no es asi, ello no permite mantener su vigencia;

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