Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

Aprueban Operacion de Endeudamiento Interno y de Administracion de Deuda
DECRETO SUPREMO N° 286-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.2 del Articulo 4° de la Ley Nº 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, modificada por la Ley Nº 29855, Ley de Recomposicion de los Montos de Endeudamiento previstos en el Articulo 4º de la Ley Nº 29814, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 4 336 755 000,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas acordara una operacion de endeudamiento interno con el Banco de la Nacion hasta por la suma de S/. 149 385 079,15 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y NUEVE Y 15/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar veintiseis (26) proyectos de inversion publica a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Apurimac; Que, tal endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "Sectores economicos y sociales" referido en el literal a) del numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 29814 y su modificatoria; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF; y la Ley N° 29814 y su modificatoria; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de MORDAZA, las cuales no se encuentran sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2020; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, la Ley N° 29814 y su modificatoria, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 149 385 079,15 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y

NUEVE Y 15/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar los veintiseis (26) proyectos de inversion publica, que se detallan en el Anexo A que forma parte integrante de este decreto supremo. 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 05 de enero de 2016, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 3,9% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados de forma semestral, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2020, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero de 2016. Articulo 3º.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 149 385 079,15 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y NUEVE Y 15/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: Monto a emitir : Hasta por S/. 149 385 079,15 (Ciento Cuarenta y Nueve Millones Trescientos Ochenta y Cinco Mil Setenta y Nueve y 15/100 Nuevos Soles). : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2020. : Nuevos Soles : 7,84% nominal anual fija.

Valor Nominal

Moneda Tasa Cupon

Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocacion Fecha de colocacion Registro : Oferta privada al Banco de la Nacion : El dia siguiente a la fecha de pago del prestamo. : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de MORDAZA

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero de 2016.

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