Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Quincuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, dispone el financiamiento de hasta S/. 171 807 524,00 (CIENTO SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de atender de manera anualizada en el ano 2012 la implementacion de medidas que se aprueben por Ley y que se destinen a fijar una escala base para el otorgamiento de los incentivos laborales que el Estado otorga a traves de los Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE); Que, asimismo, la MORDAZA MORDAZA referida dispone que el citado financiamiento y su monto se sujetan a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del ano 2011, los que para dicho efecto, estan exceptuados del articulo 7 numeral 7.1 literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo 066-2009-EF. La incorporacion de recursos a los pliegos respectivos se aprueba mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y a propuesta de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del referido ministerio; Que, la Ley Nº 29874, Ley que implementa medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a traves de los Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), tiene por objeto implementar medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a traves de los Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE) a que se refiere la Quincuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley 29812; Que, conforme al numeral 2.1 del articulo 2° de la Ley N° 29874, el ambito de aplicacion de la citada MORDAZA legal, comprende al personal del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que ocupa una plaza destinada a funciones administrativas en el Presupuesto Analitico de Personal de cada unidad ejecutora de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; asi como al personal destacado que este bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y que labora en las mismas condiciones en la entidad de destino, en ambos casos, deben estar registrados en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 104-2012-EF, se aprueba la Escala Base y las Disposiciones Complementarias para mejor aplicacion de la Ley Nº 29874, senalandose en el articulo 3° del Anexo aprobado por el referido decreto supremo, que la escala Base tiene por objeto establecer un monto minimo de Incentivos Laborales que deben percibir los trabajadores activos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, sujetos al regimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por lo que, el personal sujeto al ambito de aplicacion de la Ley N° 29874 no deberia percibir como incentivo laboral un monto menor al fijado como Escala Base; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 29874, luego de la aplicacion de la escala base a la escala transitoria, el Pliego y el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo, en forma conjunta y previo informe favorable de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, determinan la nueva escala de incentivos requerida para incorporar el monto del incentivo resultante del literal a) del parrafo 6.1 del articulo 6º de la citada ley; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en la MORDAZA senalada en el considerando precedente, los pliegos 006: Ministerio de Justicia, 022: Ministerio Publico, 529: Universidad Nacional del Callao, 443: Gobierno Regional de MORDAZA y 007: Ministerio del Interior, y sus respectivos Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo han comunicado a la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas sus propuestas de nueva escala de incentivos, las mismas que se sustentan en la informacion registrada

en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico; asimismo, en cumplimiento de la citada disposicion, se ha verificado que los Pliegos indicados en el Anexo "Entidades beneficiarias de la incorporacion de creditos suplementarios en el presupuesto del ano fiscal 2012 por pliegos, en aplicacion del Articulo 7° del anexo del Decreto Supremo N° 104-2012-EF" que forma parte de la presente MORDAZA, cuentan con el informe favorable respectivo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos; asi como que dichos Pliegos han emitido la Resolucion respectiva aprobando sus escalas de incentivos laborales, y, solicitan la transferencia de recursos para efectivizar dicha escala; Que, asimismo las entidades mencionadas en el referido anexo, a traves de diversos documentos solicitaron la transferencia de los recursos correspondientes, los mismos que en total ascienden a la suma de S/. 3 818 407,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el numeral 8.3 del articulo 8° de la Ley N° 29874 senala que para efecto de la aplicacion de lo dispuesto en la citada MORDAZA, las entidades estan exoneradas de las prohibiciones establecidas en el literal a.5 de la Novena Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y del articulo 6° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; De conformidad con lo establecido por la Quincuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29874; el articulo 7º del Anexo del Decreto Supremo Nº 104-2012-EF; y el numeral 3º del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 818 407,00), para la aplicacion de la Ley Nº 29874, Ley que implementa medidas destinadas a fijar una Escala Base para el otorgamiento del Incentivo Laboral que se otorga a traves del CAFAE, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS Fuente de Financiamiento (En Nuevos Soles) 1 : Recursos Ordinarios 3 818 407,00 ------------------3 818 407,00 ===========

TOTAL INGRESOS EGRESOS Fuente de Financiamiento Seccion Primera 1 : Recursos Ordinarios : Gobierno Central

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

3 818 407,00 ------------------3 818 407,00 ===========

1.2 El desagregado de los pliegos, generica de gasto y monto de credito suplementario se detalla en el Anexo "Entidades beneficiarias de la incorporacion de creditos suplementarios en el presupuesto del ano fiscal 2012 por pliegos, en aplicacion del Articulo 7° del anexo del Decreto Supremo N° 104-2012-EF", que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica tambien en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion Institucional 2.1 Autorizase a los titulares de los pliegos comprendidos en la presente MORDAZA a aprobar mediante Resolucion, la

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