Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Prestadoras de Servicios de Saneamiento, hasta el 31 de diciembre de 2012, con el fin de otorgar financiamiento a los proyectos de inversion publica que ejecutan las mencionadas empresas, disponiendo que dichas transferencias se efectuan conforme a lo establecido en el articulo 11° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, mediante el Memorandum Nº 1257-2012/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA (e), del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicita se gestione el dispositivo de aprobacion de una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, por la suma de VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 731 254,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ SEDAPAL S.A., por un monto de VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 651 842,00) y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. - EMAPISCO S. A., por un monto de SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 79 412,00), destinados al financiamiento de 06 proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, para los cuales se han suscrito los Convenios correspondientes; Que, con Memorandum Nº 3130-2012/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 731 254,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano; para efectuar las Transferencias Financieras senaladas en el considerando precedente; en merito de lo cual, con Oficio N° 3241-2012-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de dichos recursos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y en la Ley 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1°.- Autorizan Transferencias Financieras 1.1 Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, hasta por la suma total de S/. 26 731 254,00 (VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento senaladas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, destinada al financiamiento de 06 proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA que se detallan en el Anexo "Transferencias Financieras para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. 1.2 Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 1.1 del presente articulo se realizaran con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.

Articulo 2°.- Publicacion de anexos Los anexos a que se refiere el numeral 1.1 del articulo 1° se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (wwww.vivienda. gob.pe), en la misma fecha de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, segun corresponda, iniciaran el MORDAZA de seleccion para la ejecucion de los proyectos financiados mediante el presente dispositivo, de acuerdo al plazo establecido en sus respectivos Convenios. Articulo 5°.- Informacion Las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 29812. Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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Medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico y de contratacion de personal a aplicarse durante el Ano Fiscal 2013 para las empresas y entidades bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
DECRETO SUPREMO Nº 281-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del articulo 2º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que la regulacion general referida a materias presupuestarias es de aplicacion al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, en adelante, FONAFE y a las empresas bajo su ambito - en el MORDAZA de la Ley Nº 27170-, solo y exclusivamente cuando asi lo senale expresamente la citada Ley General; Que, como parte de la implementacion y aplicacion de la politica presupuestaria del Estado, y en ejercicio del MORDAZA de anualidad que rige tales materias, se aprobo la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la misma que por su naturaleza se encuentra regida por los alcances generales de la Ley Nº 28411;

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