Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 79 156 012,00 (SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: Monto a emitir : Hasta por S/. 79 156 012,00 (Setenta y Nueve Millones Ciento Cincuenta y Seis Mil Doce y 00/100 Nuevos Soles). : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2031. : Nuevos Soles : 6,95% nominal anual fija. : Libremente negociables : Oferta privada al Banco de la Nacion : El dia siguiente a la fecha de pago del prestamo. : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de MORDAZA

Provincia de Abancay ­ Apurimac" sera desarrollado por la Municipalidad Distrital de Curahuasi en calidad de Unidad Implementadora. Articulo 5º.- Convenio de Traspaso de Recursos 5.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a la Municipalidad Provincial de Abancay, los recursos de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1° del presente decreto supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial. 5.2 Dicho Convenio establecera, adicionalmente, los terminos y condiciones referidos a la atencion del servicio de la deuda. Articulo 6º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueba en los articulos 1º y 2° de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emision del MORDAZA a que se refiere el Articulo 3° de la presente MORDAZA legal. Articulo 7º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueban mediante los articulos 1º y 2° del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Valor Nominal

Moneda Tasa Cupon Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion Fecha de colocacion Registro

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero de 2016. Articulo 4º.- Unidad Ejecutora 4.1 La Unidad Ejecutora de los proyectos "Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los EE.SS. de los Distritos de Abancay y Chacoche de la Micro Red Centenario, Provincia de Abancay ­ Apurimac" , "Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Establecimientos de Salud de la Micro Red MORDAZA MORDAZA de los Distritos de Huanipaca y Tamburco, Provincia de Abancay, Region Apurimac", "Mejoramiento del Servicio Educativo en las Instituciones Educativas del Nivel Inicial Ciclo II del Sector Rural del Distrito de Abancay, Provincia de Abancay ­ Apurimac", "Mejoramiento de los Servicios Educativos del Nivel Inicial en el Area MORDAZA del Distrito de Abancay, Provincia de Abancay ­ Apurimac", "Mejoramiento de la Transitabilidad Peatonal y Vehicular de la Av. MORDAZA, Av. MORDAZA y Jr. MORDAZA (Primera y MORDAZA Cuadra), de la MORDAZA de Abancay, Provincia de Abancay - Apurimac", "Mejoramiento del Servicio de Espacio Cultural y de Esparcimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de Abancay, Provincia de Abancay ­ Apurimac", "Mejoramiento y Rehabilitacion de Plazas y Parques en los Distritos de Abancay, Curahuasi y Tamburco, Provincia de Abancay - Apurimac", "Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Comercializacion del MORDAZA de Abastos Las Americas Abancay, Provincia de Abancay - Apurimac", "Mejoramiento de los Servicios de Comercializacion del MORDAZA de Abastos Progreso del Distrito de Abancay, Provincia de Abancay - Apurimac", "Mejoramiento y Ampliacion del Servicio de Energia Electrica mediante Sistema Convencional en 12 MORDAZA de la MORDAZA periferica de la MORDAZA de Abancay, Provincia de Abancay - Apurimac", sera la Municipalidad Provincial de Abancay. 4.2 El proyecto "Mejoramiento y Ampliacion de la Capacidad Resolutiva y Operativa del Servicio de Equipo Mecanico, de la Municipalidad Distrital de Curahuasi,

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Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el KfW
DECRETO SUPREMO N° 288-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, modificada por la Ley Nº 29855, Ley de Recomposicion de los Montos de Endeudamiento previstos en el Articulo 4º de la Ley Nº 29814, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 610 550 000,00 (MIL SEISCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 12 500 000,00 (DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el Programa "Credito Rural ­ COFIDE III";

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