Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
3 586 674,00 -------------------3 586 674,00

481711

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales Subtotal UE 004 PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

CONSIDERANDO: Que, la Octogesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a incorporar en los gobiernos regionales y gobiernos locales ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y La MORDAZA, los creditos presupuestarios del Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, de la Generica del Gasto 3 Bienes y Servicios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Ano Fiscal 2011 y no devengados al 31 de diciembre de dicho ano, correspondientes al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, para la ejecucion de proyectos de inversion destinados a la implementacion de hogares de refugio temporal para la atencion a victimas de violencia familiar y sexual, para lo cual se exceptua de lo dispuesto en el articulo 7°, parrafo 7.1, literal a), del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245 ­ Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y sus modificatorias, precisandose que la citada incorporacion de recursos se efectua mediante decreto supremo a propuesta del MIMDES; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual senala en su Cuarta Disposicion Complementaria Final que toda referencia hecha al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo se entendera como efectuadas al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP en las materias referidas a las competencias y funciones asignadas por la citada Ley; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante el Oficio N° 3345-2012-SG, propone el proyecto de MORDAZA que autoriza un credito suplementario hasta por la suma de S/. 3 675 543,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el cumplimiento de lo establecido en la Octogesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812; Que, mediante el Informe Nº 033-2012-MIMP-PNCVFSUGTAI-MOSW, ratificado con Informe Nº 083-2012-MIMP/ PNCVFS-UGTAI-MOSW, la Unidad Gerencial Tecnica de Atencion Integral del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, indica que luego de analizar los aspectos del indice de violencia familiar y sexual en la MORDAZA del proyecto, de los hogares de refugio temporal en la MORDAZA del proyecto y de la ubicacion del proyecto y accesibilidad de los servicios, se ha determinado financiar hasta por S/. 3 675 543,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), la ejecucion de los proyectos de inversion publica: "Construccion del Centro de Atencion de Desarrollo Socio Emocional y de Capacidades para victimas de violencia familiar y sexual en situacion de riesgo del area metropolitana, Provincia de Huamanga ­ Ayacucho"; "Mejoramiento del acceso a servicios de prevencion y atencion a victimas de violencia familiar en Provincia de Tambopata, Region MORDAZA de Dios"; y "Construccion de MORDAZA Albergue para ninos y mujeres victimas de violencia familiar ­ Sector La Cuchilla ­ Caserio El MORDAZA ­ Distrito de Huamachuco, Provincia de MORDAZA MORDAZA ­ La Libertad"; Que, segun la informacion de ejecucion presupuestal del ano 2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social registrada en el SIAF, la Unidad Ejecutora 009 Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, presento un saldo presupuestal de S/. 3 804 305,74 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO Y 74/100 NUEVOS SOLES) en la Generica del Gasto 3 Bienes y Servicios en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, saldo mayor al importe del credito suplementario que propone el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en cumplimiento de lo establecido en la Octogesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812; Que, en virtud de los considerandos expuestos, resulta necesario la incorporacion de recursos via credito suplementario a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y de MORDAZA de MORDAZA y de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA del Departamento de La MORDAZA, hasta por la suma de S/. 3 675 543,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA

026 : Ministerio de Defensa 009 : Oficina Previsional de la Fuerzas Armadas

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales GASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales Subtotal UE 009 TOTAL PLIEGO 026 TOTAL EGRESOS 17 046 814,00 --------------------17 046 814,00 --------------------26 498 134,00 ============ 72 368 031,00 ============

Articulo 3°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 2° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

881877-1

Autorizan Credito Suplementario a favor de Gobiernos Regionales y Gobierno Local en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 276-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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