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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2012 481715 ANEXO 1 ASIGNACIÓN ECONÓMICA MENSUAL PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO MILITAR ACUARTELADO GRADO Porcentaje de RC que corresponde al grado de Sub Ofi cial de Tercera o su grado equivalente (%) MONTO (S/.) TSM - REGULAR SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 18,47 % 365 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 16,65 % 329 CABO/ MARINERO/CABO 14,78 % 292 SLDO/GRUMETE/AVIONERO 12,96 % 256 TSM - REENGANCHE 1ER PERIODO 50% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 27,73 % 548 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 24,95 % 493 CABO/ MARINERO/CABO 22,17 % 438 2DO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 30,47 % 602 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 27,43 % 542 CABO/ MARINERO/CABO 24,39 % 482 3ER PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 33,50 % 662 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 30,16 % 596 CABO/ MARINERO/CABO 26,82 % 530 4TO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 36,89 % 729 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 33,20 % 656 CABO/ MARINERO/CABO 29,50 % 583 5TO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º 40,59 % 802 SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º 36,49 % 721 CABO/ MARINERO/CABO 32,44 % 641 881877-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA DECRETO SUPREMO N° 279-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprobó entre otros, el Presupuesto del Pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA; Que, el Pliego Presupuestal 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA, es un Organismo Público Descentralizado adscrito al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de diseñar y conducir la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; constituyéndose en la contraparte nacional para todos los fondos de Cooperación Internacional destinados a la Lucha contra las Drogas; Que, el 23 de julio de 1996, se suscribió en la ciudad de Lima, el “Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas”; el mismo que fue ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 031-96- RE, cuya fi nalidad es desarrollar, mejorar y apoyar a las instituciones peruanas competentes para diseñar y ejecutar todos los aspectos del Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, siendo el propósito específi co de dicho Acuerdo el normar las actividades conjuntas de las Partes dirigidas a reducir el uso indebido, la producción y tráfi co ilícitos de drogas y, particularmente, la reducción y la eliminación de la elaboración de estupefacientes derivados de coca para fi nes ilícitos, así como el cumplimiento de los mandatos de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988; Que, el literal c) del numeral VII del citado Acuerdo Operativo, sobre el Financiamiento del Proyecto, señala que: “Para el desarrollo de las actividades conjuntas que las Partes defi nan, el Gobierno del Perú pondrá a disposición, personal cuidadosamente seleccionado y el material u otro apoyo que sea necesario”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM se aprobó, en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas, la “Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012 – 2016”, estableciendo como meta para el próximo ejercicio, entre otras, erradicar 18,000 Has de hoja de coca ilícita, razón por la cual se hace necesario dotar de recursos a DEVIDA para el desarrollo de dichas actividades, con la fi nalidad que el crecimiento de cultivos de coca ilícitos disminuya; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza a DEVIDA a otorgar recursos hasta por la suma de S/. 30 000 000,00, con cargo a su presupuesto institucional, como apoyo a las actividades conjuntas a que se refi ere el inciso c) del numeral VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 031-96-RE; Que, en el marco de lo antes señalado, mediante Ofi cio Nº 367-2012-DV-PE, la Presidenta Ejecutiva de DEVIDA ha solicitado una transferencia de partidas, hasta por la suma de S/. 30 000 000,00 con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, de otro lado el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM dispone que la implementación de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012- 2016 será atendida en cada ejercicio fi scal en el marco de las leyes anuales de presupuesto con cargo a los Programas Presupuestales, donde participan los pliegos y las unidades ejecutoras involucrados en la ejecución; en ese sentido, DEVIDA cuenta con el Programa Presupuestal Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS, cuyo resultado específi co es lograr el cambio de actitud de la población y autoridades de las zonas de infl uencia cocalera hacia un desarrollo alternativo integral y sostenible; Que, mediante Ofi cio Nº 377-2012-DV-PE la Presidenta Ejecutiva de DEVIDA ha solicitado una transferencia de partidas por S/. 20 296 014,00 con la fi nalidad de darle continuidad a 14 proyectos de inversión entre productivos, de infraestructura y de reforestación del Programa de Desarrollo Alternativo Integral Sostenible – PIRDAIS cuya población objetivo corresponde a familias que habitan en ámbitos rurales de zonas cocaleras pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, San Martin y Huánuco; Que, los artículos 44º y 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinados a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los requerimientos efectuados por DEVIDA no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicha entidad correspondiente al año fi scal 2012, aprobado por la Ley Nº 29812, razón por la cual será atendido con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES