Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481715

ANEXO 1 ASIGNACION ECONOMICA MENSUAL PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO MILITAR ACUARTELADO
Porcentaje de RC que corresponde al grado de Sub Oficial de Tercera o su grado equivalente (%) 18,47 % 16,65 % 14,78 % 12,96 % MONTO (S/.)

GRADO

TSM - REGULAR SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO SLDO/GRUMETE/AVIONERO TSM - REENGANCHE 1ER PERIODO 50% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO 2DO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO 3ER PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO 4TO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO 5TO PERIODO 10% SGTO 1º/CABO 1/SGTO 1º SGTO 2º/CABO 2/SGTO 2º CABO/ MARINERO/CABO 40,59 % 36,49 % 32,44 % 802 721 641 36,89 % 33,20 % 29,50 % 729 656 583 33,50 % 30,16 % 26,82 % 662 596 530 30,47 % 27,43 % 24,39 % 602 542 482 27,73 % 24,95 % 22,17 % 548 493 438 365 329 292 256

881877-4

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor del Pliego 012 Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA
DECRETO SUPREMO N° 279-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se aprobo entre otros, el Presupuesto del Pliego 012 Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas ­ DEVIDA; Que, el Pliego Presupuestal 012 Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas ­ DEVIDA, es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de disenar y conducir la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; constituyendose en la contraparte nacional para todos los fondos de Cooperacion Internacional destinados a la Lucha contra las Drogas; Que, el 23 de MORDAZA de 1996, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, el "Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de

MORDAZA para el Proyecto de Control de Drogas"; el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 031-96RE, cuya finalidad es desarrollar, mejorar y apoyar a las instituciones peruanas competentes para disenar y ejecutar todos los aspectos del Plan Nacional de Prevencion y Control de Drogas, siendo el proposito especifico de dicho Acuerdo el normar las actividades conjuntas de las Partes dirigidas a reducir el uso indebido, la produccion y trafico ilicitos de drogas y, particularmente, la reduccion y la eliminacion de la elaboracion de estupefacientes derivados de coca para fines ilicitos, asi como el cumplimiento de los mandatos de la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas de 1988; Que, el literal c) del numeral VII del citado Acuerdo Operativo, sobre el Financiamiento del Proyecto, senala que: "Para el desarrollo de las actividades conjuntas que las Partes definan, el Gobierno del Peru pondra a disposicion, personal cuidadosamente seleccionado y el material u otro apoyo que sea necesario"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM se aprobo, en el MORDAZA de la Politica Nacional de Lucha contra las Drogas, la "Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012 ­ 2016", estableciendo como meta para el proximo ejercicio, entre otras, erradicar 18,000 Has de hoja de coca ilicita, razon por la cual se hace necesario dotar de recursos a DEVIDA para el desarrollo de dichas actividades, con la finalidad que el crecimiento de cultivos de coca ilicitos disminuya; Que, la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza a DEVIDA a otorgar recursos hasta por la suma de S/. 30 000 000,00, con cargo a su presupuesto institucional, como apoyo a las actividades conjuntas a que se refiere el inciso c) del numeral VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA para el Proyecto de Control de Drogas, ratificado por Decreto Supremo Nº 031-96-RE; Que, en el MORDAZA de lo MORDAZA senalado, mediante Oficio Nº 367-2012-DV-PE, la Presidenta Ejecutiva de DEVIDA ha solicitado una transferencia de partidas, hasta por la suma de S/. 30 000 000,00 con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, de otro lado el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM dispone que la implementacion de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 20122016 sera atendida en cada ejercicio fiscal en el MORDAZA de las leyes anuales de presupuesto con cargo a los Programas Presupuestales, donde participan los pliegos y las unidades ejecutoras involucrados en la ejecucion; en ese sentido, DEVIDA cuenta con el Programa Presupuestal Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS, cuyo resultado especifico es lograr el cambio de actitud de la poblacion y autoridades de las zonas de influencia cocalera hacia un desarrollo alternativo integral y sostenible; Que, mediante Oficio Nº 377-2012-DV-PE la Presidenta Ejecutiva de DEVIDA ha solicitado una transferencia de partidas por S/. 20 296 014,00 con la finalidad de darle continuidad a 14 proyectos de inversion entre productivos, de infraestructura y de reforestacion del Programa de Desarrollo Alternativo Integral Sostenible ­ PIRDAIS cuya poblacion objetivo corresponde a familias que habitan en ambitos rurales de zonas cocaleras pertenecientes a los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA y Huanuco; Que, los articulos 44º y 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinados a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los requerimientos efectuados por DEVIDA no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicha entidad correspondiente al ano fiscal 2012, aprobado por la Ley Nº 29812, razon por la cual sera atendido con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, siendo necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES

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