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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de enero de 2012 458641 PLAZA EN POSTULACIÓN TÉCNICO ADMINISTRATIVO EN LA SUBGERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVOS POSTULANTE PUNTAJE FINAL SOLEDAD MIRIAM GOMEZ PEÑA 83 PRIMER PUESTO y accede al Nombramiento en la plaza que postula. SECRETARIA EN LA SUBGERENCIA DE EJECUTORIA COACTIVA POSTULANTE PUNTAJE FINAL VICTORIA CELINDA CANALES CASTILLO 69 PRIMER PUESTO y accede al Nombramiento en la plaza que postula Que, culminado el proceso de nombramiento el Comité Evaluador antes citado recomienda el nombramiento del personal contratado, habiendo éste cumplido con los requisitos establecidos en el D.S. 111-2010-PCM y habiendo ocupado los primeros puestos en calificación accediendo a la plaza a la que postularon; Que, el Decreto Legislativo Nº 276 como el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM en su Artículo 15º dispone que la contratación de un servidor para realizar labores administrativas de naturaleza permanente no puede renovarse por más de 03 (tres) años consecutivos, vencido el cual podrá ingresar a la carrera administrativa previa evaluación favorable y siempre que exista plaza vacante; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y demás normas pertinentes; RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR, a partir del 1º de Enero del 2012, al siguiente personal administrativo, en las plazas, nivel y grupo ocupacional de las siguientes unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Comas: • JOSOE MARCHAN TAQUIRE, Grupo Ocupacional Técnico, Categoría STD en el cargo de Técnico Administrativo I, en la Subgerencia de Organización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas. • SOLEDAD MIRIAM GOMEZ PEÑA, en el Grupo Ocupacional Técnico, Categoría STD en el cargo de Técnico Administrativo I, en la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo de la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Comas. • VICTORIA CELINDA CANALES CASTILLO, Grupo Ocupacional Técnico, Categoría STD en el cargo de Secretaria I, en la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Comas. Artículo Segundo.- El personal nombrado en el Artículo precedente queda incorporado a la carrera administrativa en el nivel y grupo ocupacional referidos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Sub Gerencia de Recursos Humanos quedan encargados de los procesos de personal derivados del nombramiento. Artículo Tercero.- Toda la documentación producida por la comisión evaluadora se remitirá a la Subgerencia de Recursos Humanos, la misma que se hace responsable de su custodia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 736884-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban Ordenanza complementaria de la Ordenanza Nº 241 que regula los parámetros urbanísticos y edificatorios en el distrito ORDENANZA Nº 378-MDJM Jesús María, 19 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades prescribe que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de servicios públicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, el artículo 195 de la Constitución dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y posee competencia para desarrollar y regular actividades y/ o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, etc. Que, la Ordenanza N° 241-MDJM y sus modifi catorias Ordenanzas N° 261, 293 y 319-MDJM, establecen en el distrito la delimitación de los sectores de las zonas predominantes en consideración a la dimensión del lote y diversos factores socioeconómicos según los distintos niveles de desarrollo urbano, así como los Planos de Sectorización de los Usos del Suelo del Distrito de Jesús María, que conforman el Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana, defi niendo las unidades de vivienda mínima, la altura de las edifi caciones y la dotación de estacionamientos requeridos por unidad de vivienda. Que, el informe N° 677-2011-MDJM-GDUyMA-SGLyA, de la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones de fecha 23 de noviembre del 2011, sustenta técnicamente la necesidad de dictar la norma que complementen la Ordenanza 241 y sus modifi catorias, Ordenanzas N° 261, 293 y 319-MDJM, referida a la altura de edifi cación, áreas mínimas de unidad de vivienda y dotación de estacionamientos, así como normas complementarias, que se aplican en las construcciones ejecutadas en los predios ubicados con frente a vías colectoras y vías locales principales dentro del distrito de Jesús María. Que, el informe N° 1622-2011-MDJM-GDUyMA- GAJyRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil de fecha 06 de diciembre del 2011 ha opinado por la procedencia legal de la norma complementaria en lo referido la altura de edifi cación, áreas mínimas y a la dotación de estacionamientos requeridos para las unidades de vivienda de uso residencial. EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N° 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: