Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2012 (05/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458631

Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brindar el apoyo y asistencia tecnica necesarios para la implementacion de las acciones a que diere lugar. Tercero: La implementacion de las competencias, funciones y facultades transferidas en base a la estructura organica de las U.G.E.L. para el presente ejercicio fiscal no implica incremento respecto al gasto corriente asignado a la Unidad Ejecutora 300 Educacion MORDAZA, de la cual se transferira los recursos correspondientes segun criterios de racionalidad a las Unidades Ejecutoras de Presupuesto, U.G.E.L.: Chota, Cutervo, MORDAZA, San Ignacio. Y que la actualizacion del R.O.F. de estas U.G.E.L., sera gradual, en la medida de la gestion de nuevos recursos economicos ante el Ministerio de Economia y Finanzas, y sobre la base de las acciones de redistribucion o racionalidad de los recursos con que cuenta el pliego. Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca. gob.pe).". Quinto: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion del R.O.F. en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www. regioncajamarca.gob.pe), dentro de los 5 dias calendarios siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Sexto: La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Setimo: Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 736166-2

Declaran de interes publico la Promocion y Gestion Cultural Regional, Inclusiva, Pluricultural y Multietnica como accion inherente para el desarrollo integral, social y economico de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 039-2011-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 191°, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa que la

autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º literal a) senala que es una atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, en el articulo 38º senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...); y, en el articulo 45° literal a) MORDAZA parrafo senala los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales (...); y, en el literal b) numeral 1. establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas Leyes de la Republica, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 2º prescribe como derechos fundamentales de la persona, en el inciso 1. A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar (...); el inciso 8, senala que (...). El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusion; y, el inciso 17 prescribe el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la Nacion (...); Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 6º establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades, el articulo 8º numeral 4 senala que el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural, de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ambito rural, y organizados en comunidades campesinas y nativas, (...) el articulo 10° inciso 2 literal f de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como competencia compartida, que los gobiernos regionales, de acuerdo al articulo 36° de la Ley de Bases de la Descentralizacion, difundan la cultura y potencien todas las instituciones artisticas y culturales regionales; Que, se entiende por cultura al conjunto de todas las formas, los modelos o los patrones, explicitos o implicitos, a traves de los cuales una sociedad se manifiesta; como tal incluye lenguaje, costumbres, practicas, codigos, normas y reglas de la manera de ser, vestimenta, religion, rituales, normas de comportamiento y sistemas de creencias. Desde otro punto de vista, se puede decir que la cultura es toda la informacion y habilidades que posee el ser humano; Asi mismo, en el articulo 29-A inciso 2) del mismo cuerpo normativo, establece que es funcion especifica sectorial de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, ejercer las funciones especificas regionales en materia de cultura; y, en concordancia con el articulo 47º se establece, como funciones del Gobierno Regional literal a) formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura (...), literal d) promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; literal k) promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la region (...); y, literal l) proteger y conservar en coordinacion con los gobiernos locales y organismos correspondientes el patrimonio cultural nacional existente en la region; asi como, promover

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.