Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2012 (05/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente y el respeto a sus derechos, el articulo VI del Titulo Preliminar, Extension del ambito de aplicacion, establece que el presente codigo reconoce que la obligacion de atencion al MORDAZA y al adolescente se extiende a la MORDAZA y a la familia del mismo; por tanto es necesario que las ninas y ninos que se encuentren en situacion de explotacion economica deban ser objeto de atencion y proteccion a traves de programas regionales a efectos de restituir sus derechos vulnerados, propiciando su insercion en la educacion basica gratuita obligatoria, asi como brindando condiciones adecuadas a sus familiares, de tal manera que se garantice la inclusion del MORDAZA en el ambito educativo asi como la insercion en el MORDAZA laboral de las personas en edad de trabajar vinculadas con el menor; Que, el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente de Mujeres y Ninos de la Convencion de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional, y la Ley Nº 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes, establecen la obligacion del Estado de perseguir el Delito de Trata de Personas y Prevencion y Proteccion de las victimas de trata; en ese sentido, la ley MORDAZA citada, en el articulo 1º modifica el articulo 153º y 153º-A del Codigo Penal, estableciendo una variedad de conductas sancionadas con pena privativa de la MORDAZA, en razon de la magnitud de las modalidades y circunstancias en las que se presenta este hecho social, razon por la cual resulta necesario la intervencion de distintas Entidades y sectores del Estado que esten vinculados directa o indirectamente con el tema, con la finalidad de maximizar esfuerzos que permitan combatirlo, generando con ello la necesidad de promover acciones concretas en el ambito de la prevencion y proteccion frente a la Trata de Personas; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28950, Ley contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Inmigrantes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2007IN, regula las medidas de prevencion de estos delitos, sus factores de riesgo, la persecucion de los agentes del delito, la proteccion y asistencia de victimas, colaboradores, testigos, peritos y sus familiares directos dependientes, con el objeto de implementar y desarrollar por parte del Estado Peruano en coordinacion con la sociedad civil y la cooperacion internacional, las medidas previstas en la Ley; asi se establece en el articulo 18º, inciso a) la Obligacion de los Gobiernos Regionales de promover y constituir las redes interinstitucionales para combatir la Trata de Personas en la region; asi mismo, el inciso b) establece que es el Gobierno Regional quien coordinara las redes regionales; y, en el articulo 35º senala que los gobiernos regionales (...) deberan promover la implementacion de centros de atencion a victimas de trata de personas, en coordinacion con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia. Que, se debe senalar que la Trata de Personas constituye un fenomeno social que transgrede los derechos previstos en los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, por cuanto implica una grave violacion de los derechos a la dignidad, a la integridad fisica y psiquica de las personas, ademas de transgredir la prohibicion de la esclavitud y del trabajo forzoso, las peores formas del trabajo infantil, venta de ninos, la explotacion sexual, la mendicidad, entre otras; Que, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0742010-GR.CAJ/P, de fecha 23 de febrero de 2010, creo y conformo la Mesa Regional para la Atencion de la Problematica de la Trata de Personas en MORDAZA, estableciendose que dicha Mesa estaba integrada por un representante de: Gerencia Regional de Desarrollo Social, Policia Nacional del Peru, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Ministerio Publico, DEMUNA, Defensoria del Pueblo MORDAZA, Direccion Regional de Salud, Direccion Regional de Educacion y Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente, ello obedecio al diseno de las Politicas y Estrategias Regionales del periodo 20072010. Sin embargo, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 303-2011-GR.CAJ/P, de fecha 23 de MORDAZA de 2011, se aprobaron las Politicas y Estrategias del Gobierno Regional de MORDAZA, Periodo 2011-2014,

y atendiendo a que en la Region MORDAZA, la Trata de Personas no es ajena a la realidad, y estando a que el Gobierno Regional tiene entre sus funciones la de disenar estrategias y desarrollar acciones orientadas a enfrentar la problematica de la Trata de Personas, conforme a la prevision normativa de su Ley Organica, corresponde formalizar dichas acciones a traves de actos normativos que garanticen el funcionamiento permanente de la Mesa Regional para la Atencion de la Problematica de la Trata de Personas en MORDAZA, ello con la finalidad de prevenir, atender, asistir, sancionar y recuperar a la victimas de trata de personas de la Region Cajamarca. Que, mediante Dictamen Nº 062-2011-GR.CAJCR/COAJ-COP-CODESO, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, de fecha 09 de diciembre del ano 2011, se emite opinion favorable del Proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Interes Publico Regional "La Atencion Integral de la Problematica de la Trata de Personas en la Region Cajamarca", promoviendo el respeto de los derechos humanos y fundamentalmente defender el derecho a la MORDAZA, la MORDAZA y la integridad personal: asi como, la Creacion de la Mesa Regional para la Atencion Integral de la Problematica de la Trata de Personas en la Region MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: DECLARAR de Interes Publico Regional "La Atencion Integral de la Problematica de la Trata de Personas en la Region Cajamarca", promoviendo el respeto de los derechos humanos y fundamentalmente defender el derecho a la MORDAZA, la MORDAZA y la integridad personal. Segundo: APROBAR la creacion de la Mesa Regional para la Atencion de la Problematica de la Trata de Personas en la Region MORDAZA y su implementacion progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal del Gobierno Regional Cajamarca. Tercero: CONVOCAR a las instituciones publicas, privadas, organizaciones sociales y de base que tengan interes en participar y contribuir con la Mesa Regional para la Atencion de la Problematica de la Trata de Personas en la Region MORDAZA, conformada de la siguiente manera: · Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Cajamarca. · Un representante de la Policia Nacional del Peru de la Region Policial de Cajamarca. · Un representante de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. · Dos representantes del Ministerio Publico de Cajamarca. · Tres representantes de la Municipalidad Provincial de Cajamarca: Gerencia de Desarrollo Social; Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente - DEMUNA, y la Sub Gerencia de Comercializacion y Licencias. · Un representante de la Defensoria del Pueblo de Cajamarca. · Un representante de la Direccion Regional de Educacion. · Un representante de la Direccion Regional de Salud. · Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. · Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. · Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones.

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