Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (03/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de febrero de 2012 460324 de los pobladores en el distrito de Carabayllo y de las personas visitantes o en tránsito por el distrito. b) Integralidad: La adopción de decisiones que sean aplicables al conjunto de todos los posibles impactos positivos y negativos de una actividad, acción o Proyecto determinado, sobre los recursos y elementos que integran el patrimonio natural, socioeconómico y cultural de Carabayllo. c) Transectorialidad: Por el cual se reconoce que la gestión ambiental involucra a diversos actores del sector público, el sector privado y la sociedad civil, que deben ser integrados en la toma de decisiones y en la ejecución de las mismas, a través de mecanismos de coordinación y concertación. d) Prevención en la Gestión Ambiental: Por el cual se privilegian las acciones que tiendan a eliminar o minimizar los posibles riesgos o daños negativos que repercutan en el ambiente y en el desarrollo sostenible del distrito de Carabayllo. e) Participación Ciudadana: A partir del establecimiento de mecanismos expresos e idóneos para viabilizar la participación informada de la población y otros actores clave, en forma colectiva o individual, en la toma de decisiones y en la ejecución de las acciones de la gestión ambiental. f) Información: La generación de información consistente y especializada sobre los recursos que integran el patrimonio natural, socioeconómico y cultural de Carabayllo, y su estado de conservación, así como el establecimiento de mecanismos expresos e idóneos para garantizar el acceso público a la información que está registrada en los archivos de las dependencias y órganos públicos. g) Responsabilidad Compartida: A través del cual se reconoce que todas las personas naturales y jurídicas, del sector público, el sector privado y la sociedad civil, son parcialmente responsables de la consolidación de una gestión ambiental efi caz y efi ciente para alcanzar el desarrollo sostenible de Carabayllo, y por lo tanto, todos deben defender el ejercicio de sus derechos y deben cumplir con los mandatos legales que les son exigibles. h) De la Concertación Interinstitucional: Para alcanzar una gestión ambiental efi ciente y articulada a los objetivos de desarrollo sostenible del distrito de Carabayllo, se requiere privilegiar mecanismos de coordinación y concertación de la gestión municipal y la política ambiental local, con las correspondientes a las entidades más representativas de la localidad y, en particular con los otros órganos de gobierno local, regional y nacional. i) Seguridad Jurídica: Para consolidar una gestión ambiental transparente y estable que fortalezca las capacidades locales, a fi n de alcanzar el desarrollo sostenible de Carabayllo, y promover el mayor fl ujo de capitales e inversiones responsables en el distrito. j) Principio de Participación en la Gestión Ambiental: Armonizar las normas, procedimientos, herramientas e información de manera tal que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, sobre la base de responsabilidades claramente defi nidas. k) Principio de Transparencia: La población tiene acceso a la información sobre la gestión ambiental y a la información técnica con la que cuenta la Municipalidad. l) Principio Contaminador – Pagador: Fomentar la internalización de costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, de manera que el que contamina, en principio, debe cargar con los costos de la prevención, mitigación y reparación de la contaminación. m) Principio de Complementariedad entre los Instrumentos de Incentivo y Sanción: Privilegiar la protección efectiva, efi ciente, efi caz, la prevención, el mejoramiento continuo del desempeño ambiental y la recuperación y manejo del pasivo ambiental o zonas ambientales degradadas. n) Principio de Responsabilidad Ambiental: El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, esta obligado a adoptar inexcusablemente las medidas para su restauración, rehabilitación o reparación según corresponda. PRINCIPIOS DE CARÁCTER NACIONAL: a) Transectorialidad. El carácter transectorial de la gestión ambiental implica que la actuación de las autoridades públicas con competencias ambientales debe ser coordinada y articulada a nivel nacional, sectorial, regional y local, con el objetivo de asegurar el desarrollo de acciones integradas, armónicas y sinérgicas, para optimizar sus resultados. b) Análisis Costo - Benefi cio. Las acciones públicas deben considerar el análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y económicos esperados. c) Competitividad. Las acciones públicas en materia ambiental deben contribuir a mejorar la competitividad del país en el marco del desarrollo socioeconómico y la protección del interés público. d) Gestión por Resultados. Las acciones públicas deben orientarse a una gestión por resultados e incluir mecanismos de incentivo y sanción para asegurar el adecuado cumplimiento de los resultados esperados. e) Seguridad Jurídica. Las acciones públicas deben sustentarse en normas y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo, a fi n de asegurar la predictibilidad, confianza y gradualismo de la gestión pública en materia ambiental. f) Mejora Continua. La sostenibilidad ambiental es un objetivo de largo plazo que debe alcanzarse a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y permanentes, que generen mejoras incrementales. g) Cooperación Público-Privada. Debe propiciarse la conjunción de esfuerzos entre las acciones públicas y las del sector privado, incluyendo a la sociedad civil, a fi n de consolidar objetivos comunes y compartir responsabilidades en la gestión ambiental. TÍTULO II MARCO NORMATIVO INSTITUCIONAL CAPÍTULO I DEL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL (SLGA) Artículo 5º.- Defi nición El SLGA es un conjunto de elementos administrativos y normativos que dentro de la estructura orgánica del gobierno local, llevan a cabo la formulación de la planeación y la instrumentación, control, evaluación y seguimiento de las acciones de protección y conservación del ambiente y de manejo adecuado de los recursos naturales, en coordinación con las instancias nacionales y regionales y con la sociedad civil local organizada. Artículo 6º.- Objetivos del Sistema Local de Gestión Ambiental La gestión ambiental del distrito de Carabayllo se orienta hacia el desarrollo sostenible del distrito y, en particular, a alcanzar los siguientes objetivos específi cos: a) Incremento continuo de la capacidad de gestión ambiental de autoridades, funcionarios públicos y líderes de la sociedad civil. b) Impulso al desarrollo de cambio en los hábitos de las autoridades y de la población para lograr el desarrollo urbano y rural sostenible en el distrito. c) Impulso de actividades productivas con tecnología limpia y empleo racional de recursos e insumos. Artículo 7º.- Lineamientos de la Política Ambiental Local Los lineamientos básicos de la Política Ambiental Local del distrito de Carabayllo contienen los siguientes objetivos: 7.1 Objetivo General: Hacer de Carabayllo un espacio ordenado, limpio y saludable, libre de contaminación, con agua segura y saneamiento de calidad para toda la población, en medio de un entorno natural sano y productivo, como producto del esfuerzo y responsabilidades compartidas entre el gobierno local y la ciudadanía organizada en el ámbito del distrito. 7.2 Objetivos Específi cos: a) Afi anzar los vínculos entre el gobierno Local con los actores públicos y privados, consolidando la Comisión Ambiental Municipal y los mecanismos de participación y concertación para asegurar el éxito de la gestión ambiental municipal del distrito.