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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de febrero de 2012 460330 Carabayllo y otros normas ambientales municipales, previa opinión favorable de la Comisión Ambiental Municipal y de acuerdo del Concejo Municipal. Artículo 39º.- Papeletas Cívicas Ambientales La Municipalidad Distrital de Carabayllo acreditará a los representantes de las organizaciones vecinales debidamente registradas ante la Municipalidad a fi n de que apliquen papeletas cívicas ambientales de amonestación a aquellas personas naturales o jurídicas, residentes o en tránsito, que infrinjan los dispuesto en la presente Ordenanza o que contravengan los previsto en el Plan de Acción Ambiental del Distrito de Carabayllo. Artículo 40º.- Resoluciones de Reconocimiento Cívico El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Carabayllo otorgará públicamente una resolución de reconocimiento a todas aquellas personas que hayan contribuido a mejorar la Gestión Ambiental Local. Artículo 41º.- Sanciones La Municipalidad Distrital de Carabayllo está facultada para imponer sanciones a aquellas personas naturales y jurídicas que contravengan lo dispuesto en la presente Ordenanza y las normas municipales de gestión ambiental. Estas sanciones podrán consistir en las expresamente consignadas en el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. El pago de multas será acorde a las establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas “CISA” del distrito de Carabayllo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.-. Facúltese al Alcalde Distrital de Carabayllo, para aprobar mediante Decreto de Alcaldía los Instrumentos Técnicos, procedimientos administrativos y demás normas reglamentarias del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA). Segunda.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, y con el objeto de integrar las competencias en materia ambiental en la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, las demás Gerencias de la Municipalidad y Empresas, Proyectos Especiales y Autoridades Autónomas de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remitirán los instrumentos, procedimientos, estudios y proyectos a dicha dependencia. Tercera.- Incorpórese en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Nº 222- 2011 – A/MDC, las funciones de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, la Sub Gerencia de Medio Ambiente, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y de la Subgerencia de Parques y Jardines, que se establecen en la presente Ordenanza, quedando acorde a los artículos pertinentes en el citado Reglamento. Cuarta.- Deróguense y modifíquense, en su caso, todas las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, estará regulado por la Legislación Ambiental que sea de aplicación vigente y por los acuerdos de la Asamblea de la CAM-MDC. 748275-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Modifican la Ordenanza Nº 461- MDEA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y el Organigrama Estructural de la municipalidad ORDENANZA Nº 507-MDEA El Agustino, 29 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: VISTO: El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria de la fecha, Informe Nº 249-2011-GP-MDEA, de la Gerencia de Planifi cación e informe Nº 468-2011-GAJ-MDEA, del Gerente de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza 461-MDEA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, Estructura Orgánica y Organigrama Estructural de la Municipalidad. Distrital de El Agustino; Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9º numerales 3) y 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el Concejo Municipal está facultado a aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; así como para aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, en tal sentido el Concejo Municipal en uso de las facultades normativas que le confi ere en los numerales 3) y 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, y con la dispensa del trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 461-MDEA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Artículo 1.- APROBAR la modifi cación de los artículos 46º, 48º y 49º, Anexo 1 y Anexo 2 de la Ordenanza Nº 461-MDEA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de El Agustino, Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza, artículos que quedarán redactados en los siguientes términos: “Artículo 46º (...) f) Emitir y remitir la constancia de exigibilidad de la deuda con los valores tributarios a la Gerencia de Cobranza Coactiva. (...) Artículo 48º DE LA GERENCIA DE COBRANZA COACTIVA, está a cargo del Ejecutor Coactivo, ejecuta y opera los servicios administrativos, tributarios municipales y no tributarios municipales en el ámbito de su competencia, es la encargada de planifi car, organizar, dirigir, ejecutar las acciones de cobranza coactiva de la deuda tributaria y no tributaria. DE LA SUB GERENCIA COBRANZA COACTIVA, está a cargo del Auxiliar Coactivo que tiene función de colaborar con el ejecutor coactivo con facultades contempladas en el artículo 5º del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. Ambas plazas deben ser cubierta mediante Concurso Público de Méritos conforme lo establece la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva y sus modifi catorias. (...) Artículo 49º (...) h) Solicitar a la Gerencia de Cobranza Coactiva informe de las actas administrativas ejecutadas en cumplimiento de