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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (18/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de febrero de 2012 461033 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el primer párrafo del Articulo 53º de la Ley N° 27972 señala que “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación”; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modifi catoria Ley Nº 29298, establece Disposiciones y Lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Ordenanza Nº 272 de fecha 18 de Mayo del 2011, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 28 de mayo del 2011, se regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de identifi cación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto participativo, asimismo en el numeral 13.4) del Artículo 13º señala que la metodología y programación del presupuesto participativo se aprobará mediante Decreto de Alcaldía; Que, es necesario convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el Distrito de Ate, a la cooperación técnica, a las autoridades, entre otros para el proceso del presupuesto participativo 2013; Que, igualmente es necesario que el distrito para el presente proceso del presupuesto participativo, sea segmentado para una mejor distribución de los recursos públicos, y para una mejor coordinación y concertación con la población; Que, el proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identifi cación de los principales problemas del distrito, que se precisan en el presente Decreto, los cuales servirán de base para la propuesta y priorización de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, mediante Informe Nº 025-2012-MDA/GP la Gerencia de Planifi cación señala como resultado de la reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo del año fi scal 2011, que ha procedido a elaborar el proyecto de cronograma y propuesta metodológica que regula el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 en el Distrito de Ate, a efectos que el mismo sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía, conforme a lo señalado en el numeral 13.3 y 13.4 del artículo 13º de la Ordenanza Nº 272-MDA que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Ate; Que, mediante Proveído N° 322-2012-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica proyectar el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972; DECRETA: Artículo 1°.- CONVOCAR; a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2013 en el distrito de Ate. Artículo 2°.- APROBAR; el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2013 en el distrito de Ate, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3°.- DESARROLLAR; el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2013 en el distrito de Ate. Artículo 4°.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el integro del anexo mencionado. Artículo 5°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Social y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y demás areas pértinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 753898-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan y/o amplían plazo establecido en el artículo primero de la Ordenanza Nº 128/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2012-MVMT Villa María del Triunfo, 16 de febrero del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Visto, el Memorándum Nº 198-2012-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 021-2012-GSCT/MVMT de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Tránsito, el Informe Nº 018-2012-AT-SGTSV-GSCT-MVMT de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial y el Informe Nº 056-2012-GAJ-GM/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en el que se plantea la prórroga y/o ampliación por sesenta días del plazo establecido en la Ordenanza Nº 128/MVMT; CONSIDERANDO Que, mediante el Informe Nº 009-2012-AT-SGTSV- GSCT-MVMT, se solicita la prórroga del plazo por sesenta días calendario de la vigencia de la Ordenanza Nº 128/ MVMT, para poder concluir con todos los procedimiento necesarios para dar solución al tema de los vehículos menores en el distrito (depósito municipal y constatación de características); Que, mediante el Informe Nº 018-2012-AT-SGTSV- GSCT-MVMT, la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, se solicita la prórroga por sesenta días calendario del plazo establecido en la Ordenanza Nº 128/MVMT, tiempo en el cual se van a desarrollar actividades que permitirán terminar con la actualización de la base de datos (actualización del registro municipal de vehículos menores); Que, mediante Informe Nº 021-2012-GSCYT/MVMT, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Tránsito emite opinión favorable para que se conceda un período de sesenta días calendarios;