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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2012 470393 De conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del 13 de mayo de 2009; el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007 y el artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre de 2007 Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Fortunato Ricardo Quesada Seminario, Cónsul General Adscrito al Consulado del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América, las facultades sufi cientes para suscribir en representación de la República del Perú el documento denominado “Registration Statement” y sus respectivas actualizaciones, en la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Fortunato Ricardo Quesada Seminario, Cónsul General Adscrito al Consulado del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 813432-10 Delegan en funcionario diplomático facultades para suscribir el “Convenio para la protección, conservación, recuperación y devolución de bienes culturales, paleontológicos, arqueológicos, artísticos e históricos robados, importados, exportados o transferidos ilícitamente entre la República del Perú y el Estado de Kuwait” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 166-2012-RE Lima, 11 de julio de 2012 Visto el Memorándum (DAC) Nro. DAC0856/2012 de 26 de junio de 2012, de la Dirección General para Asuntos Culturales; Debiéndose suscribir el “Convenio para la protección, conservación, recuperación y devolución de bienes culturales, paleontológicos, arqueológicos, artísticos e históricos robados, importados, exportados o transferidos ilícitamente entre la República del Perú y el Estado de Kuwait”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Convenio para la protección, conservación, recuperación y devolución de bienes culturales, paleontológicos, arqueológicos, artísticos e históricos robados, importados, exportados o transferidos ilícitamente entre la República del Perú y el Estado de Kuwait”. Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 813432-11 Delegan en funcionario diplomático facultades para suscribir el “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado de Kuwait sobre la Supresión de Requerimiento de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 167-2012-RE Lima, 11 de julio de 2012 Visto el Memorándum (DAM) N° DAM0321/2012 de 03 de julio de 2012, de la Dirección General de África Medio Oriente y Países del Golfo del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado de Kuwait sobre la Supresión de Requerimiento de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado de Kuwait sobre la Supresión de Requerimiento de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 813432-12 Reconocen a Cónsul General Honorario de Suecia en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 168-2012-RE Lima, 11 de julio de 2012 Vista la Nota Nº 04/2012, de fecha 07 de mayo de 2012, de la Embajada del Reino de Suecia en Santiago, República de Chile, mediante la cual solicita el reconocimiento del señor Lars Gustaf Peder Andrén, como Cónsul General Honorario de Suecia en Lima, a partir del 01 de junio 2012; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento