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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2012 470399 Dirección Ejecutiva de esta Agencia para su aprobación, previendo acciones de fi scalización sobre una muestra representativa de intervenciones de Cooperación Internacional No Reembolsable que, en las modalidades de programas, proyectos o actividades, fueran ejecutadas por las entidades privadas registradas en la APCI, así como de las donaciones de ropa y calzado usados y de otros bienes provenientes del exterior en el marco de la Cooperación Internacional No Reembolsable; Que, la determinación de la muestra representativa de las intervenciones a ser fi scalizadas fue hecha a partir de las intervenciones, ejecutadas por las ONGD o ENIEX, fi nanciadas con recursos de la Cooperación Internacional No Reembolsable gestionados por el Estado, que la entidad ejecutora haya hecho uso de algún privilegio, benefi cio tributario, exoneración, haya utilizado recursos estatales o que la entidad cooperante originaria sea un organismo bilateral o multilateral del que el Estado es parte, aplicándose como criterios, entre otros, para la determinación de la muestra: (i) la fi scalización de una intervención por entidad; (ii) la fi scalización de las intervenciones recibidas por entidades que no estuvieran comprendidas en el Plan Anual de Fiscalización 2011; y, (iii) como criterio geográfi co la fi scalización de 20 intervenciones ejecutadas en Lima y 60 ejecutadas en las otras regiones del país; Que, la determinación de la muestra representativa de las donaciones de ropa y calzado usados y de otras donaciones provenientes del exterior en el marco de la Cooperación Internacional No Reembolsable, fue realizada a partir de las Resoluciones Ministeriales de aprobación de donación expedidas durante el año 2011 y los Certifi cados de Conformidad de donaciones de ropa y calzado usados expedidos por la APCI durante el año 2011, respectivamente, aplicándose como criterios, entre otros, para la determinación de dicha muestra: (i) la fi scalización de un Certifi cado de Conformidad de donación de ropa y calzado usados por entidad; (ii) la fi scalización de las donaciones distintas a la ropa y calzado usados (iii) la fi scalización de las donaciones no comprendidas en el Plan Anual de Fiscalización 2011; y, (iv) el criterio geográfi co de la ejecución de un 50% de las acciones de fi scalización en Lima Metropolitana y el otro 50 % en las otras regiones del país; Que, por lo antes expuesto, es necesario que la APCI cuente con un Plan Anual de Fiscalización correspondiente al período 2012, con el propósito de cumplir con las funciones que le han sido encomendadas por ley; Con las visaciones de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Administración, y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI y sus normas modifi catorias, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007- RE, el Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, la Ley Nº 28905, Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas provenientes del Exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF, y la Ley Nº 28514, Ley que prohíbe la Importación de Ropa y Calzado usados y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 024- 2005-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Fiscalización 2012 (PAF-2012), el mismo que en Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano y, conjuntamente con el Plan Anual de Fiscalización 2012, en el portal institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional: www.apci.gob.pe. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a las unidades orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO OLIVERA CÁRDENAS Director Ejecutivo 812258-1 Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 080-2012/APCI-DE Mirafl ores, 10 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692, y sus normas modifi catorias; Que, el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE prevé dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Ofi cina de Asesoría Jurídica como órgano de asesoramiento; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la APCI, habiéndose encargado dichas funciones al señor Armando Bártoli Bernales, por lo que resulta necesario designar al Titular del citado órgano de asesoramiento; Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y; En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creación de la APCI, Ley Nº 27692 y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modifi catorias; y en concordancia con la Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado Armando Bártoli Bernales como Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina de Asesoría Jurídica, a la Ofi cina General de Administración de la APCI, y al interesado para las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO OLIVERA CÁRDENAS Director Ejecutivo 813424-1 Designan Directora de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 081-2012/APCI-DE Mirafl ores, 11 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692, y sus normas modifi catorias; Que, el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE prevé dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Dirección de Fiscalización y Supervisión como órgano de línea; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI, por lo que resulta necesario designar al Titular del citado órgano de línea;