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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2012 (21/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2012 471050 2012 del Ministerio de Salud, que están articuladas a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento, en el que se han dispuesto diversos indicadores en materia de Política Anticorrupción; Que, con el propósito de continuar fortaleciendo las acciones institucionales orientadas a promover la cultura de ética, transparencia y lucha contra la corrupción en el Sector Salud, se conformó mediante Resolución Ministerial N° 132-2012/MINSA, el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el “Plan para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción 2012- 2013, en el Ministerio de Salud”, al haber concluido el plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 384- 2010/MINSA, que aprobó el “Plan del Ministerio de Salud para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción 2010-2011”; Que, en virtud al encargo encomendado, el precitado Grupo de Trabajo, mediante el Acta Final de fecha 26 de marzo de 2012, aprobó la propuesta del “Plan para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción 2012-2013 en el Ministerio de Salud”, el mismo que cuenta con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Defensoría de la Salud y Transparencia; Que, considerando que el Plan propuesto constituye una herramienta de gestión orientada a fortalecer el accionar diario del funcionario y servidor público del Sector Salud, en el marco de la transparencia, moralidad y ética que exige el Estado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el precitado documento; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Defensoría de la Salud y Transparencia, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción 2012- 2013 en el Ministerio de Salud”, que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer que las Direcciones Generales, Ofi cinas Generales, Órganos Desconcentrados y Organismos Públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus Planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan. Artículo 3°.- Disponer que las acciones contenidas en el Plan se desarrollarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Artículo 4°.- Disponer que la Defensoría de la Salud y Transparencia, en ejercicio de sus funciones, supervise el cumplimiento de las acciones contenidas en el Plan. Artículo 5°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial y en la dirección electrónica http://www. minsa,gob,pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 816902-1 Aprueban Documento Técnico: “Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 599-2012/MINSA Lima, 17 de julio de 2012 Visto el Expediente Nº 12-018456-001 que contiene la Nota Informativa N° 077-2012-DG-DIGEMID-EA/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 1240-2004/ MINSA se aprobó la Política Nacional de Medicamentos, estableciendo como uno de sus Lineamientos de Política, el acceso universal a los medicamentos esenciales, cuyo objetivo específi co es asegurar el acceso universal a medicamentos esenciales como componente fundamental de la atención integral en salud; Que, la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios defi ne y establece los principios, normas, criterios y exigencias básicas de los referidos productos y dispositivos de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos; Que, el artículo 34° de la citada Ley dispone que la Autoridad Nacional de Salud, en coordinación con la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y las instituciones del sector salud público, elabora el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales de aplicación en el país, el cual es aprobado por Resolución Ministerial y se actualiza bianualmente; Que, el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales representa un documento normativo que regula la prescripción, dispensación, adquisición y utilización de medicamentos en los diferentes niveles de atención de los establecimientos del Sector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 062- 2010/MINSA, se aprobó el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales, siendo necesario su actualización y aprobación como Documento Técnico, de conformidad con las “Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud” aprobado por Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: “Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 062-2010/MINSA. Artículo 3°.- La Oficina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portal/ transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 816902-2 Suspenden los efectos de disposición contenida en la Norma Técnica de Planificación Familiar RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 603-2012/MINSA Lima, 17 de julio del 2012