Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2012 (21/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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del Titular de la Entidad, el reordenamiento de cargos solicitado; Que, el articulo 13º de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades Publicas aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminacion o creacion de cargos que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP de la Entidad, no requerira de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion del CAP y podra aprobarse mediante resolucion o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del organo responsable de su elaboracion; Que, en virtud a lo expuesto, corresponde aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2010-TR y reordenado por las Resoluciones Ministeriales Nros. 256-2010-TR y 031-2011-TR, conforme a la propuesta presentada por la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con las visaciones de la Directora General de Inspeccion del Trabajo, de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Recursos Humanos y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR y con la opinion favorable de la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del reordenamiento de cargos contenidos en el CAP del MTPE Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2010-TR y reordenado por las Resoluciones Ministeriales Nros. 256-2010-TR y 031-2011-TR, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Publicacion Publicar la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. El anexo referido en el articulo precedente debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo. gob.pe), en la misma fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 804332-1

VISTO, el escrito de registro Nº 2011-020377, mediante el cual la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., solicita la renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 7452010-MTC/03 de fecha 30 de setiembre de 2010, se declaro aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; Que, mediante el escrito del Visto presentado el 06 de MORDAZA de 2011, la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. solicito la renovacion de la autorizacion referida en el considerando precedente; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, Ley No. 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, conforme a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el procedimiento administrativo de renovacion de autorizacion esta sujeto a silencio administrativo positivo, con un plazo de atencion de ciento veinte (120) dias habiles; Que, toda vez que ha transcurrido el plazo para que la Administracion MORDAZA emitido un pronunciamiento al respecto, se considera que al 29 de octubre de 2011, se produjo la aprobacion de la solicitud de renovacion en virtud al silencio administrativo positivo; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes Nº 27772011-MTC/28, Nº 0007-2012-MTC/28 y Nº 0433-2012MTC/28 considera que debe declarase aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion senalada en el primer considerando, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que, ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley No. 27444, la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0382003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 29 de octubre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran aprobadas renovaciones de autorizaciones otorgadas a Corporacion Radial del Peru S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 178-2012-MTC/03 MORDAZA, 13 de junio de 2012

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