Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (21/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468752 sancionados con inhabilitación, comunicados a dicha Dirección por el Tribunal durante el mes de mayo de 2012. De conformidad con lo dispuesto en el literal u) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789- 2011-EF/10; y con las visaciones de la Sub Dirección de Información Registral, Secretaría del Tribunal, Dirección del Registro Nacional de Proveedores, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y Secretaria General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados con inhabilitación por el Tribunal durante el mes de mayo de 2012: 1. CORPORACIÓN TOTAL CLEAN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución N° 150- 2012-TC-S2 del 10.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. PUBLITECH1 S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución N° 179-2012-TC-S2 del 23.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 3. EMPRESA CONSTRUCTORA CONSULTORA Y SERVICIOS GENERALES CHILKEY S.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 363-2012-TC-S1 del 10.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución a través del Diario Ofi cial El Peruano. 4. POEMAPE OYANGUREN CARLOS RAUL, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 364-2012-TC-S1 del 10.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 5. POEMAPE MESTANZA PERCY ROGER, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 364-2012-TC-S1 del 10.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 6. EMPRESA CONSTRUCTORA & SERVICIOS MULTIPLES LAS ESTRELLAS S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 366-2012-TC- S2 del 10.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución a través del Diario Ofi cial El Peruano. 7. CABANILLAS ZELADA EDWIN ALFREDO, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 376-2012-TC-S1 del 12.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 8. A & M SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 390-2012-TC-S1 del 18.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 9. ASESORIA Y ASISTENCIA EMPRESARIAL ASSYSTEMP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA. Mediante Resolución Nº 489-2012-TC-S2 del 24.05.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 395-2012-TC-S1 del 19.04.2012, que la sanciona con tres (03) meses de inhabilitación en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. MICRO ADVANCE COMPUTER S.A. Mediante Resolución Nº 494-2012-TC-S1 del 24.05.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 409-2012- TC-S1 del 24.04.2012, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el literal e) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 11. CONSTRUCTORA Y MULTISERVICIOS EL CAMINO DE ESPERANZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 433-2012-TC-S1 del 27.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 12. AIRCRAFT SERVICE SKORPIO E.I.R.L., Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 445-2012-TC-S1 del 27.04.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 13. MANFER S.R.LTDA. CONTRATISTAS GENERALES. Mediante Resolución Nº 492-2012-TC- S1 del 24.05.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 447-2012-TC-S1 del 27.04.2012, que la sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. 14. CONSTRUCTORES MAC’S EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el