Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2012 (21/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

468745

DEPARTAMENTO: MORDAZA - Helipuerto de Yanacancha, Huascaran / Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Chivay, Orcopampa, Mollendo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Kiriguetti / Carpintero, Patria, Tangoshiari, Timpia, MORDAZA, Helipuerto la Peruanita Nº1, Helipuerto la Peruanita Nº2, Helipuerto la Peruanita Nº3, MORDAZA Mundo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Pueblo Libre de Codo. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cultivereni, Los Misioneros, Mazamari / MORDAZA Prado. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Chao, Pata de Gallo / Alto Chicama, Pias, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA ­ CALLAO - Lib Mandi Metropolitano, Helipuerto MORDAZA, Las Palmas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Bellavista / Jeberos, Buncuyo, Colonia Angamos, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Shanusi. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Campamento Ilo, Cuajone / Botiflaca. DEPARTAMENTO: PASCO - MORDAZA Constitucion, Vicco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Helipuerto de Superficie Helinka, Palmas del Espino. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Bolognesi, Breu, Culina, Oventeni, Paititi, San Marcos. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 172-2009-MTC/12 del 01 de MORDAZA del 2011 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 800219-1

Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece en su articulo 16 que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el ente rector en materia de transporte y MORDAZA terrestre, siendo su competencia, entre otros, dictar los Reglamentos Nacionales respectivos, asi como aquellos que MORDAZA necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del transito; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, en adelante El Reglamento, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 33º de El Reglamento, prescribe que los pesos y medidas de los vehiculos que ingresan, se registran, transitan y operan en el Sistema Nacional de Transporte Terrestre, deben sujetarse a lo dispuesto en el Titulo V de la referida norma; Que, el numeral 33 del Anexo II de El Reglamento precisa respecto de los Pesos y Capacidad de Carga, que el peso MORDAZA por eje, es la carga MORDAZA por eje o conjunto de ejes determinado por el fabricante; Que, a su vez el articulo 37º de El Reglamento concordante con el numeral 1 del Anexo IV "Pesos y Dimensiones" del mismo, establece el peso MORDAZA vehicular MORDAZA, asi como los pesos maximos permitidos por eje simple o conjunto de ejes, sancionandose los excesos sobre dichos limites de acuerdo con el numeral 7 del mismo anexo; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo 040-2011MTC, dispone que a partir del 01 de MORDAZA de 2012, se iniciara el control de pesos por eje simple o conjunto de ejes en las estaciones de pesaje que cuenten con el certificado de calibracion correspondiente emitido por el INDECOPI, precisando que en el caso de los vehiculos de la categoria M3 clase III establecido en el Anexo I del Reglamento Nacional de Vehiculos, estos seran seleccionados de forma aleatoria para ser sometidos al control de pesos por eje y peso MORDAZA vehicular, debiendo para tales efectos la Direccion General de Transporte Terrestre emitir la Directiva correspondiente; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar la Directiva que establece que el control del peso MORDAZA permitido por eje simple y/o por conjunto de ejes y del peso MORDAZA vehicular para los vehiculos de Categoria M3 Clase III, se realizara a traves del Equipo para la Seleccion Aleatoria de Vehiculos, cuya finalidad es asegurar que la seleccion aleatoria de estos vehiculos se realice de manera efectiva; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2012MTC/15, que establece el "Sistema Tecnologico de Seleccion Aleatoria para el control de pesos por eje simple y/o conjunto de ejes y del Peso MORDAZA Vehicular de los vehiculos de Categoria M3 Clase III", la misma que forma parte de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral, en la pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 3.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia los ciento veinte (120) dias calendario luego de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

Aprueban Directiva que establece el "Sistema Tecnologico de Seleccion Aleatoria para el control de pesos por eje simple y/o conjunto de ejes y del Peso MORDAZA Vehicular de los vehiculos de Categoria M3 Clase III"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2287-2012-MTC/15 MORDAZA, 14 de junio de 2012

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