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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468749 • Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades. • Director General de la Ofi cina de Defensa Nacional. • Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, deberá instalarse dentro de los tres (3) días hábiles de la fecha de emisión de la presente Resolución. Artículo 3.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, deberá presentar su Plan de Trabajo dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles de instalado el referido Grupo de Trabajo. Artículo 4.- La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto propondrá al Presidente del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, los lineamientos, mecanismos y herramientas necesarias, así como las adecuaciones de los instrumentos de gestión, para la implementación de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, considerando lo establecido en la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los planes nacionales respectivos. Artículo 5.- El ejercicio de las funciones del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, no irrogará gasto alguno al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 803488-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite solicitud de Sedalib S.A. de aprobación de fórmula y estructura tarifaria, metas de gestión y determinación de precios de servicios colaterales RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 002-2012-SUNASS-GRT Lima, 15 de junio de 2012. VISTOS: La solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de SEDALIB S.A.1; el Ofi cio Nº 080-2012-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria2; el Ofi cio Nº 457-2012-SEDALIB S.A.-40000-GG3; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas4 establecen que la solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la EPS debe estar acompañada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, así como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia; Que, la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas5 establece que a partir de octubre de 2008 las EPS deberán adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta tarifaria para los servicios colaterales; Que, de la evaluación de la información presentada en la solicitud de SEDALIB S.A. y en el Ofi cio Nº 457- 2012-SEDALIB S.A.-40000-GG se verifi ca que la solicitud reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia, habiéndose cumplido con presentar adicionalmente la propuesta tarifaria para los servicios colaterales; razón por la cual, corresponde admitir a trámite la solicitud y otorgar a SEDALIB S.A. el derecho de solicitar una audiencia preliminar en un plazo de diez días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud de SEDALIB S.A. de aprobación de (i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; y (ii) Determinación de precios de los servicios colaterales. Artículo 2º.- OTORGAR un plazo de diez días hábiles a SEDALIB S.A. para solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia pública preliminar con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de (i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado; y (ii) Precios de los servicios colaterales. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria 1 Recibida por SUNASS el 7 de mayo de 2012. 2 Notifi cado a la EPS el 29 de mayo de 2012. 3 Recibido por SUNASS el 12 de junio de 2012. 4 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 5 Modifi cado por Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD. 803253-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Disponen iniciar procedimiento admi- nistrativo sancionador contra empre- sas conformantes del Consorcio Agro Ingenio, por presunta responsabilidad en la presentación de documentos falsos TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO ACUERDO ʋ 116 /2012.TC-S2 de 1 de marzo de 2012 EN SESIÓN DEL 01.03.2012, LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE Nº 1519/2011.TC.- RELACIONADO CON LA PROCEDENCIA DEL INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR A LAS EMPRESAS SIRIUS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C., CONTRATISTAS GENERALES MANRI S.A.C. Y VEGA & VILLEGAS CONTRATISTAS CONSULTORES S.R.L., CONFORMANTES DEL CONSORCIO AGRO INGENIO.-