Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2012 (21/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2012

Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar el plan de la localidad de Lagunas; conforme se indica a continuacion: Localidad: LAGUNAS Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 202 88.3 206 89.1 214 90.7 218 91.5 242 96.3 246 97.1 262 100.3 266 101.1 274 102.7 278 103.5 Total de canales: 10 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.25 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 803528-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 182-2012-MTC/03 MORDAZA, 13 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 080-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 765-2007-MTC/03 y 877-2007-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de MORDAZA, los mismos que fueron ratificados mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificados por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 071-2009-MTC/03, 662-2010-MTC/03, 210-2011-MTC/03 y 541-2011-MTC/03; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0722-2012MTC/28, propone la incorporacion del plan de la localidad de SAN MORDAZA DE CUTURAPI a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Puno; Que, asimismo, la citada Direccion General senala que, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial

Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias asi como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 765-2007-MTC/03 y 8772007-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 071-2009-MTC/03, 662-2010-MTC/03, 210-2011-MTC/03 y 541-2011-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar a la localidad de SAN MORDAZA DE CUTURAPI; conforme se indica a continuacion: Localidad: SAN MORDAZA DE CUTURAPI Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 204 88.7 273 102.5 281 104.1 Total de canales: 3 La MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Altura MORDAZA de antena de 30 m. respecto al Centro Poblado de San MORDAZA de Cuturapi (3860 msnm) Las estaciones de esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas con Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 803531-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 183-2012-MTC/03 MORDAZA, 13 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias

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