Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2012 (24/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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4.3.- El Presidente de la Junta de Administracion es elegido anualmente entre sus miembros. 4.4.- La Junta de Administracion del CETICOS Tumbes, tiene como funciones las senaladas en el articulo 6° de la Ley N° 28569. 4.5.- La Junta de Administracion del CETICOS debera elaborar, a traves de directivas internas, los procedimientos referidos al control del ingreso, permanencia y salida de mercancias al interior del CETICOS Tumbes. TITULO III INGRESO Y SALIDA Articulo 5°.- Traslado de mercancias La responsabilidad del traslado de mercancias provenientes del exterior desde el aeropuerto de Tumbes o cualquier puerto comercial que se habilite en Tumbes hacia el CETICOS Tumbes se regula conforme a lo previsto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. Articulo 6°.- Ingreso de mercancias nacionales y nacionalizadas El ingreso de las mercancias nacionales y nacionalizadas destinadas al CETICOS Tumbes es a traves de la aduana de Tumbes y por los puertos autorizados. Articulo 7°.- Ingreso de mercancias provenientes del exterior El ingreso de mercancias provenientes del exterior destinadas al CETICOS Tumbes desembarcadas por el aeropuerto de Tumbes o cualquier otro puerto comercial en Tumbes no estara afecto al pago de los Derechos Arancelarios, Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal, Impuesto Selectivo al Consumo y de cualquier otro tributo que grave su Importacion. Articulo 8°.- Partes y piezas usadas Las partes y piezas usadas que han sido reemplazadas en el MORDAZA de reparacion o reacondicionamiento de maquinaria y equipos deberan ser entregadas a la SUNAT para su destruccion. La destruccion sera efectuada por la SUNAT en presencia de un representante de la Administracion del CETICOS Tumbes, levantandose el acta correspondiente. Articulo 9°.- Salida del CETICOS Tumbes Las mercancias que han sido objeto de las actividades que se pueden desarrollar en el CETICOS Tumbes podran ingresar al resto del territorio nacional sujetandose a las normas generales o especiales que regulen su importacion, asi como al pago de los derechos y demas Impuestos de importacion que corresponda. La cancelacion de los tributos se efectuara en la Intendencia de Aduana de Tumbes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- En el CETICOS Tumbes es de aplicacion lo dispuesto en los articulos 2°, 3°, 4°, 6°, 11°, 14°, 21° y 24°; los incisos a), b), c), d) y j) del articulo 7°; y la Tercera Disposicion Transitoria, asi como la definicion de ensamblaje, maquila y reexpedicion del glosario de terminos del Reglamento de CETICOS, aprobado por Decreto Supremo N° 023-96ITINCI. Asimismo, en el CETICOS Tumbes se podra efectuar las actividades de reparacion y reacondicionamiento de maquinarias y equipos. SEGUNDA.- La eleccion del primer Presidente de la Junta de Administracion del CETICOS Tumbes, se realizara en la Primera Sesion de dicha junta, sin la participacion del representante de los usuarios del CETICOS Tumbes y dentro de los 15 dias calendarios posteriores a la entrada en vigencia del presente reglamento, dicha sesion sera convocada por el MINCETUR. TERCERA.- La SUNAT establecera las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo previsto en el presente reglamento. 805832-11

Modifican MORDAZA de PROMPERU, en lo referido al procedimiento "Elevacion de las observaciones a las Bases y Emision de pronunciamiento por el Titular de la Entidad, siempre que el Valor Referencial del MORDAZA de Seleccion sea menor de trescientas Unidades Impositivas Tributarias (300 UIT)"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 22 de junio de 2012 Vistos; el Oficio Nº 109-2012-PROMPERU/SG, de fecha 17 de MORDAZA de 2012, la Secretaria General de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, el Informe Nº 304-2012MINCETUR/SG/OGPPD, de fecha 13 de junio de 2012, de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, el Memorandum Nº 251-2012-MINCETUR/SG/ AJ, de fecha 15 de junio de 2012, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 109-2012-PROMPERU/SG, de fecha 17 de MORDAZA de 2012, la Secretaria General de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU y comunicacion de fecha 14 de junio del ano en curso, solicita la opinion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR sobre el pedido de modificacion del Texto Unico de Procedimiento Administrativos ­ MORDAZA de PROMPERU; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2010-MINCETUR, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, y comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados, conforme al articulo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Publicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del articulo 44 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica N° 002-2010-PCM-SGP, se establecen los mecanismos y plazos para la implementacion gradual de la nueva metodologia de determinacion de costos para todas las entidades publicas, en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, indicando que a partir del 1 de enero del ano 2011 los costos por derechos de tramitacion deberan calcularse utilizando los criterios establecidos en la nueva metodologia; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica N° 003-2010-PCM-SGP, se aprueba la Guia Metodologica de Determinacion de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010PCM; que tiene como objetivo contribuir a incrementar los conocimientos en la materia para la aplicacion de la nueva metodologia; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprueba la Metodologia de Simplificacion Administrativa y establece disposiciones para su implementacion, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica N° 001-2011-PCM-SGP, se modifican los plazos de implementacion de la metodologia de determinacion de costos aprobada mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, estableciendo como plazo limite de implementacion de la nueva metodologia para todas las entidades del Poder Ejecutivo el 31 de MORDAZA de 2012;

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