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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (24/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468967 verifi cación y supervisión de los proyectos de inversión, así como para la realización de actividades de control en el sector salud, entre otros; además, para llevar a cabo la adecuación de la infraestructura física y tecnológica de la Contraloría General de la República como resultado de la descentralización, dado que en el año 2012 se crearán las Ofi cinas Regionales de Control en Tumbes, Amazonas, Cerro de Pasco y Madre de Dios y se acondicionarán Ofi cinas Regionales de Control como resultado de la Implementación del Sistema Nacional de Denuncias, lo que permitirá atender acciones no previstas en el presente año y fortalecer la lucha contra la corrupción; Que, en aplicación de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Ofi cio Nº 1540-2012-P-CNM, solicita mayores recursos debido a que el Poder Judicial y el Ministerio Público vienen solicitando un mayor número de nombramientos, evaluaciones y ratifi caciones y procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales a nivel nacional, como consecuencia de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Dicha demanda genera un incremento en los gastos para las publicaciones respectivas, contratación de profesionales para las evaluaciones y demás gastos operativos, demanda que será atendida hasta por el monto de DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 282 320,00); Que, mediante el Ofi cio Nº 167-2012-MIMP/DM, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita recursos adicionales para garantizar la continuidad de atención de los servicios de protección integral de la población en situación de abandono, que brinda el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF a través de sus Unidades Prestadoras de Servicios, demanda que se ha visto incrementada por la ola de amenazas que viene afectando a las niñas, niños y adolescentes a nivel nacional, hecho que requiere disponer de mayores recursos presupuestarios para garantizar la continuidad de la atención de los servicios protección, apoyo alimentario, desarrollo humano e integración familiar, que no fueron previstos en el presupuesto del INABIF, debido a que el incremento de los servicios se presentó en fecha posterior a la formulación y programación del Presupuesto del Sector Público para el año 2012, por lo que el citado requerimiento será atendido hasta por la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VIENTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 588 926,00); Que, mediante el Ofi cio Nº 145-2012-J/INEN, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas- INEN solicita la asignación de mayores recursos para atender la necesidad de adquirir un acelerador lineal y la renovación del equipamiento biomédico de esta entidad, con la fi nalidad de ampliar la capacidad operativa de la institución, la cual es requerida por el incremento de la demanda de atenciones y la necesidad de reducción de la brecha tecnológica y de los altos costos de mantenimiento que ocasionan la antigüedad de los equipos; así como la inoperatividad de parte del equipamiento actual; requerimientos que ascienden a la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-93-PCM, se crea el Fondo General Contravalor Perú Japón, estableciéndose que éste debe de ser constituido con los depósitos provenientes de la monetización de la adquisición de maquinarias y equipos; siendo que, mediante el OF. RE (DAE-DCI) Nº 2-5/12 el Ministerio de Relaciones Exteriores señala el compromiso del Gobierno Peruano de atender la deuda que el Ministerio de Agricultura mantiene con el referido Fondo General, por la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 (S/. 51 388 098,00), de acuerdo a lo establecido en la reunión de la “Mesa de Dialogo de la Asistencia Ofi cial para el Desarrollo del Gobierno de Japón hacia el Perú” realizada el 16-09-2011; por lo expuesto, el Ministerio de Agricultura, a través del Ofi cio Nº 139-2012-AG-DM, solicita la asignación de mayores recursos para honrar la obligación de pago al Fondo General Contravalor Perú Japón, hasta por un monto de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), señalando que la diferencia será considerada en las asignaciones presupuestales de los años fi scales subsiguientes; Que, el Decreto de Urgencia Nº 004-2012 autoriza al Ministerio de Agricultura a transferir recursos al Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario – FOGASA con cargo a su presupuesto institucional del periodo 2012, a fi n de posibiliar la cobertura de 448 866 hectáreas de cultivos; en dicho contexto, mediante Ofi cio Nº 139-2012-AG-DM, el Ministerio de Agricultura solicita la suma de TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 000 000,00) para el fi nanciamiento del FOGASA, con la fi nalidad de mitigar los eventos climatológicos (heladas, friaje, sequias, lluvias e inundaciones) en las zonas alto andinas, que vienen afectando a los cultivos de subsistencia de los pequeños agricultores, permitiendo reducir la exposición de los productores agropecuarios a los efectos climáticos de la presente campaña agrícola; Que, asimismo, el Ministerio de Agricultura, mediante el Ofi cio Nº 139-2012-AG-DM, solicita la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 500 000,00), con la fi nalidad de elaborar el expediente técnico del Proyecto de Inversión Pública “Construcción - Regulación de las Aguas del Rio Chonta mediante la Presa Chonta, Provincia de Cajamarca – Cajamarca”, indicando que el mismo ha sido declarado viable en el marco del SNIP en el presente año, y que su ejecución es prioritaria ya que posibilitará ampliar la frontera agrícola en el ámbito de infl uencia; Que, el Ministerio de Agricultura, mediante el Ofi cio Nº 139-2012-AG-DM, solicita recursos adicionales para implementar un programa temporal de incentivos que compense el bajo precio del algodón tangüis producto de la alta volatilidad de las cotizaciones del algodón en el mercado internacional y nacional, lo que viene afectando los niveles de ingreso de los pequeños productores del algodón tangüis, principalmente de los valles de Ica, Ancash, Arequipa y Lima, programa que se realizará a través del Fondo AGROPERU, creado por Decreto de Urgencia Nº 027-2009 y modifi catorias; habiéndose priorizado para dicho fi n la suma de DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 000 000,00); Que, con la fi nalidad de garantizar el cumplimiento efectivo e integral de las Políticas Nacionales, en materia de acceso a la justicia y de derechos humanos, y tomando en cuenta las observaciones formuladas por el sistema de Defensa Civil el Ministerio Justicia y Derechos Humanos, con el fi n de prevenir efectos adversos requiere atender de manera inmediata el inicio de la Construcción una Nueva Sede Institucional. Que, mediante ofi cio Nº 448-2012-JUS/DM, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita la suma de QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500,000.00) para fi nanciar la elaboración de los estudios de pre inversión del proyecto de inversión de su nueva sede institucional. Que, de otro lado, el Ministerio del Ambiente, con Ofi cio Nº 883-2012-SG-MINAM, señala que el Instituto Geofísico del Perú – IGP solicita apoyo para el fi nanciamiento del “Plan de Contingencia para la Evaluación del Peligro Geofísico en el Cerro Pucruchaca, distrito de San Mateo de Huanchor, Provincia de Huarochirí, departamento de Lima”, en atención a lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs 095-2011-PCM y 012-2012-PCM, que declaran y prorrogan el estado de emergencia en la citada localidad por el alto riesgo y peligro inminente de deslizamiento del Cerro Pucruchaca, para lo cual el IGP intervendrá en las acciones de monitoreo topográfi co que incluyen, entre otras, la determinación de niveles de amplifi cación sísmica, registros de sismicidad local, instalación de radares de apertura sintética para el monitoreo de desplazamiento de masas de tierra y evaluación geodinámica; requerimiento que asciende a la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 643 200,00); Que, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, mediante el Ofi cio Nº 366/SENAMHI-PREJ-OGP/2012,