Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2012 (24/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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de Desarrollo ­ BID, en su calidad de administrador de la donacion de cofinanciamiento del Gobierno de Canada, a traves de la Agencia Canadiense de Cooperacion Internacional (ACDI), hasta por CAD$ 19 000 000,00 (DIECINUEVE MILLONES Y 00/100 DOLARES CANADIENSES), para financiar el "Programa para la Gestion Eficiente y Sostenible de los Recursos Energeticos del Peru (PROSEMER)", cuya ejecucion estara a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales. Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Convenio que implemente la Cooperacion Tecnica No Reembolsable referida en el articulo 1° de la presente Resolucion Suprema asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Convenio. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 805832-25

Que, mediante Oficio N° 05466-2012/GN, de fecha 21 de junio de 2012, la Gerencia de Negocios de COFIDE ha solicitado a la Direccion General de Mercados Financieros, Laboral y Previsional Privados ­ que asumio las funciones de la ex Direccion de Asuntos Economicos y Sociales en materia de gestion de instrumentos de mercados financieros y de capitales, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Resolucion Ministerial N° 2232011-EF/43 ­ considerar la ampliacion del programa SEPYMEX; Que, en tal sentido, es necesario modificar el Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 458-2002-EF/10, a fin de ampliar la vigencia de dicho Fondo asi como del programa SEPYMEX, por el plazo MORDAZA mencionado; Que, la referida ampliacion de plazo conlleva, asimismo, la ampliacion del plazo previsto en el citado Reglamento para que COFIDE efectue la liquidacion del citado Fondo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 050-2002, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43; Con la opinion favorable de la Direccion General de Mercados Financieros, Laboral y Previsional Privados; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquense los articulos 20, 50 y 51 del Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 458-2002-EF/10 y sus modificatorias, conforme al siguiente texto: "Articulo 20.- El Programa SEPYMEX podra otorgar coberturas con cargo a EL FONDO hasta el 31 de diciembre de 2013." "Articulo 50.- El periodo de vigencia de EL FONDO a que se refiere el Articulo 5 del Decreto de Urgencia Nº 0502002 empezara desde la fecha de su constitucion hasta el 31 de diciembre de 2013, por lo que hasta esta MORDAZA fecha, el Programa de Seguro de Credito a la Exportacion para la Pequena y Mediana Empresa SEPYMEX podra otorgar coberturas con cargo a EL FONDO. (...)" "Articulo 51.- COFIDE efectuara la liquidacion de EL FONDO al 31 de diciembre de 2014 y transferira al Tesoro Publico, dentro de los 90 dias posteriores a esa fecha, todos los recursos liquidos, los derechos y obligaciones remanentes de EL FONDO, elevando el informe de cierre correspondiente." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 805831-1

Modifican Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 441-2012-EF/10 MORDAZA, 22 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 050-2002 se constituyo en el Ministerio de Economia y Finanzas el Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa, destinado a la ejecucion de Programas de Garantias y Seguros a favor de la pequena y mediana empresa, encargando su administracion a la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, el articulo 5° del citado Decreto de Urgencia dispone que el periodo de vigencia del Fondo de Respaldo para PYME sera establecido en el Reglamento respectivo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 458-2002EF/10 se aprobo el Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa, estableciendo el Programa de Seguro de Credito a la Exportacion para la Pequena y Mediana Empresa ­ SEPYMEX, destinado a respaldar con los recursos de dicho Fondo, las polizas de seguro de credito que emita una empresa de seguros de creditos y garantias a las empresas del Sistema Financiero Nacional que otorguen creditos de pre-embarque a las pequenas y medianas empresas exportadoras que califiquen a dicho Programa; Que, el articulo 19° del Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la Pequena y Mediana Empresa, dispuso que el programa SEPYMEX podra otorgar coberturas con cargo al referido Fondo, hasta el 31 de diciembre de 2006, plazo que ha sido prorrogado en forma sucesiva, siendo la MORDAZA prorroga aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 048-2009-EF-10, hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, la Primera Disposicion Complementaria del mencionado Reglamento establece que las modificaciones al Reglamento que MORDAZA necesarias, seran propuestas por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE a la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas, para su aprobacion mediante la respectiva Resolucion Ministerial;

Modifican articulos del Reglamento del Fondo de Garantia Empresarial FOGEM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 442-2012-EF/15 MORDAZA, 22 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 024-2009 se creo el Fondo de Garantia Empresarial ­ FOGEM, cuyo objetivo es garantizar los creditos que las entidades del Sistema Financiero Nacional, otorguen a favor de la micro

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