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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468963 al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 805832-18 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 096-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueba, entre otros, los presupuestos de los Pliegos Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento recursos por operaciones ofi ciales de crédito considerados en el artículo 1º de la referida Ley, resulte necesario realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el numeral 4.1 del citado artículo, el cual señala que su aprobación se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 151-2006-EF, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt Für Weideraufbau - KFW, destinado a fi nanciar el “Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos”, a ser ejecutado por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, el cual requiere como parte de la ejecución para el presente año fi scal, S/. 3 400 554,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES; Que, en el marco de lo indicado en el considerando precedente, mediante el Ofi cio Nº 097-2012/VIVIENDA- OGPP, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el requerimiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha expresado su conformidad para la transferencia de marco presupuestal del año fi scal 2012, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, hasta por la suma de US$ 1 236 565,00 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a S/. 3 400 554,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) del proyecto “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable de Tumbes” fi nanciado con la operación de endeudamiento externo con la KFW, aprobado por el Decreto Supremo Nº 182-2004-EF, para ser destinados al fi nanciamiento del “Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos”; Que, la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante el Ofi cio Nº 301-2012-MIDIS/ SG solicita una transferencia de partidas, del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por la suma de S/. 3 400 554,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; De, conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 3 400 554,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el fi nanciamiento del proyecto “Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.022807 : Programa de Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tumbes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 400 554,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 400 554,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.029390 : Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 400 554,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 400 554,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos Habilitador y Habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban