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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (24/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468958 Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ ha procedido actualizar los procedimientos administrativos del TUPA, en el marco de la nueva Metodología de Simplifi cación Administrativa; así como, en coordinación con la Ofi cina de Administración y Finanzas, han determinado los nuevos costos, sobre la base de los criterios establecidos en la Guía Metodológica de Determinación de Costos; Que, de acuerdo con el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, de conformidad del numeral 38.5 del artículo 38 de dicha Ley, la modifi cación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, debe realizarse mediante Resolución Ministerial del Sector; Que, en aras de la Simplifi cación Administrativa, es necesario actualizar el TUPA de PROMPERÚ, planteando las mejoras respectivas para benefi cio de los administrados; De conformidad con el numeral 36.6 del artículo 36 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2010-MINCETUR, reduciendo el costo por derecho de trámite del procedimiento “Elevación de las observaciones a las Bases y Emisión de pronunciamiento por el Titular de la Entidad, siempre que el Valor Referencial del Proceso de Selección sea menor de trescientas Unidades Impositivas Tributarias (300 UIT)”, cuyo monto asciende a 319.30 nuevos soles equivalente a 8.748 % de la UIT. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial, deberá ser publicada en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de PROMPERÚ (www.promperu. gob.pe.), conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 805750-1 DEFENSA Rectifican la R.S. N° 117-2011-DE/EP mediante la cual se autorizó viaje de cadete del Ejército a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 290-2012-DE/EP Lima, 23 de junio de 2012 VISTO: El Ofi cio N° 823/U-3.a1(a).2/02.01.15 del 30 de marzo de 2012, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 117-2011- DE/EP, de fecha 30 de marzo de 2011, se resolvió autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete II, hoy Cadete III Año EP Huber Alejandro TAPIA BARON, identifi cado con DNI N°47706637, CIP N° 46780544, para realizar el Curso de Formación de Ofi ciales en la Escuela Militar de la República Federativa de Brasil, por el periodo comprendido del 15 de abril de 2011 al 31 de diciembre de 2014; Que, con el documento del Visto, el señor General de Brigada Jefe de Estado Mayor del Comando de Educación y Doctrina del Ejército, solicita se rectifi que la Resolución Suprema indicada en el párrafo precedente, por existir error en el número de DNI y CIP del Cadete III Año EP Huber Alejandro TAPIA BARON; Que, la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, en su Artículo 201°, numeral 201.1, señala que los errores material y aritmético en los Actos Administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Rectifi car el Artículo 1° de la Resolución Suprema N° 117-2011-DE/EP del 30 marzo de 2011 en el extremo que consignó con dígitos del DNI y CIP del Cadete II, hoy Cadete III Año Huber Alejandro TAPIA BARON, conforme al siguiente detalle: DICE: DNI N° 47706637, CIP N° 46780544. DEBE DECIR: DNI N° 46790544, CIP N° 124688700. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 805832-13 Autorizan viaje de Oficial FAP para participar en el Curso Logística de las Naciones Unidas, a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 291-2012-DE/ Lima, 23 de junio de 2012 Visto, el Fax N° 0031-AGAR del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina concurrente en la República Oriental del Uruguay de fecha 09 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina concurrente en la República Oriental del Uruguay, manifi esta que el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), ha ofrecido dos (2) vacantes para que participe el personal militar de las Fuerzas Armadas y de Seguridad del Perú en el curso de Logística de las Naciones Unidas, a realizarse en dicho Centro de