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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469604 que sean necesarios para la aplicación del presente Reglamento. En tal sentido, deróguese el Decreto de Alcaldía Nº 005-2005-MSB que aprobó los formatos de notifi cación de inicio del procedimiento sancionador y de resolución de multa administrativa. Tercera.- Deróguense la Ordenanza Nº 317-MSB y las demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Mediante la presente Ordenanza se aprueba el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja, el mismo que como anexo es parte integrante de la misma. Quinta.- Los procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente se regirán por la normatividad vigente a su inició hasta su conclusión. Sexta.- Encárguese a la Gerencia de Fiscalización y Autorizaciones Comerciales, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas Gerencia de Rentas, Gerencia de Tránsito y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Tecnologías de la Información y Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y aplicación de la presente Ordenanza, en cuanto sean de su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 807775-1 Aprueban donación de suma de dinero de empresa para el pago del stand en la “I Feria Internacional para Municipalidades 2012” ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2012-MSB-C San Borja, 26 de junio de 2012. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTOS; en la XIII-2012 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de junio de 2012, el Dictamen N° 036-2012- MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 008-2012-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, la Correspondencia N° 7305-2012 de la empresa DIESTRA S.A.C., el Informe N° 044-2012-MSB-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 027- 2012-MSB-GM de la Gerencia Municipal y el Informe N° 336-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la aceptación de la donación de S/. 26,507.52 Nuevos Soles de la empresa DIESTRA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad con el artículo 68° de la precitada Ley, el acuerdo municipal de donación debe fi jar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad. Asimismo, el inciso 7) del artículo 56° del mismo cuerpo normativo refi ere que pasan a constituir bienes de propiedad municipal, los legados o donaciones que se instituyan en su favor los mismos que están exonerados de todo impuesto (artículo 64°). Que, el artículo 69° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por el Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Que, los procedimientos de aceptación de donaciones en la Municipalidad de San Borja están regulados por la Directiva N° 001-2005-MSB-A, “Normas y Procedimientos para la Aceptación y Entrega de Donaciones”, aprobada por Resolución de Alcaldía N° 253-2005-MSB-A, que en su Capítulo II establece los procedimientos de aceptación de donaciones de bienes muebles e inmuebles a favor de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Correspondencia N° 7305-2012 de fecha 11 de junio de 2012, la empresa DIESTRA S.A.C. comunicó su aceptación de participar como auspiciador del evento “I Feria Internacional para Municipalidades 2012” e hizo la entrega de la suma de S/. 26,507.52 Nuevos Soles depositada en la cuenta corriente de donación de la Municipalidad Distrital de San Borja del Banco de Comercio, para el pago del stand 143 con una superfi cie de 27m2, solicitado por la Municipalidad mediante Carta N° 028-2012-MSB-GM. Que, con Informe N° 044-2012-MSB-GAF de fecha 12 de junio de 2012, la Gerencia de Administración y Finanzas remitió el Informe N° 040-2012-MSB-GAF-UT de la Jefe de la Unidad de Tesorería, en el cual se informó que la empresa DIESTRA S.A.C. realizó efectivamente el depósito de S/. 26,507.52 Nuevos Soles en la cuenta de donaciones N° 110-01-0360270 perteneciente a la Municipalidad Distrital de San Borja, según voucher N° 92221 de fecha 11 de junio de 2012. Que, mediante Informe Nº 027-2012-MSB-GM de fecha 19 de junio de 2012, la Gerencia Municipal comunicó sobre la conveniencia y benefi cios de la participación de la Municipalidad en la “I Feria Internacional para Municipalidades 2012”, organizada por la empresa IC Latinoamérica, la misma que congregará a diferentes instituciones de Gobiernos Locales y Regionales como también a representantes de diferentes empresas, en la cual se desarrollarán actividades de actualización técnica en la gestión de servicios municipales, capacitación en gestión de gobierno, presentación de experiencias y foros de debate. Por lo que nuestra participación nos permitirá consolidar nuestra posición como una de las municipalidades modelo del país. Que, de acuerdo con el Informe Nº 336-2012-MSB-GAJ de fecha 21 de junio de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que habiéndose cumplido con el procedimiento previsto por la Directiva Nº 001-2005-MSB-A, “Normas y Procedimientos para la Aceptación y Entrega de Donaciones”, se apruebe mediante Acuerdo de Concejo la aceptación de la donación efectuada por la empresa DIESTRA S.A.C., por la suma de S/. 26,507.52 Nuevos Soles, debiendo consignarse que la misma será utilizada para el pago del stand de la I Feria Internacional para Municipalidades. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 69° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que al tratarse de donaciones que superen las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), como el caso materia del presente, el Acuerdo de Concejo que aprueba la aceptación de la donación, deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, señaló que si la empresa DIESTRA S.A.C. quiere acreditar en su contabilidad interna la donación efectuada en favor de la Municipalidad, basta el Acuerdo de Concejo que apruebe la donación como sustento. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 20) del artículo 9° y artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas. ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la donación de S/. 26,507.52 Nuevos Soles de la empresa DIESTRA S.A.C., para el pago del stand en la “I Feria Internacional para Municipalidades 2012”. Artículo Segundo.- Disponer a la Gerencia de Planifi cación Estratégica, que la citada Modifi cación Presupuestaria vía Acuerdo de Concejo, sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Distrital de San Borja (www.munisanborja.gob.pe). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas para que a través de sus Unidades Orgánicas dependientes realicen las acciones de su competencia sobre la donación propuesta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 807776-1